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Una familia logroñesa demandó al Ayuntamiento de Logroño por la pérdida de los restos mortales de su esposo y padre, que fueron trasladados al ... osario común en 2020 pese a que solicitaron la renovación hasta 2025 de un nicho en el cementerio municipal y pagaron por él. La causa legal se mantiene abierta por una disparidad entre la indemnización económica reclamada por los demandantes, de 60.000 euros, y la cantidad ofrecida desde el Consistorio capitalino, que fue en un principio de 2.552 euros.
El caso comienza en tiempo de pandemia, en el que las restricciones y las precauciones sanitarias marcaron nuestro día a día. Precisamente en 2020 se cumplían diez años del fallecimiento, momento en el que la esposa y los tres hijos renovaron por cinco años más el uso del nicho del cementerio de Logroño, solicitándolo así al Ayuntamiento e ingresando la cuota de 195 euros. Una resolución de Alcaldía confirmaba esta concesión. Sin embargo, al acudir al cementerio un año después –no pudieron hacerlo antes, dice la reclamación, por causas personales y sanitarias– «se encontraron la terrible situación de que el nicho se encontraba completamente vacío».
En el Ayuntamiento, al acudir a exigir explicaciones, se les comunicó que los restos habían sido trasladados por error «a un nicho común» donde resultaba «imposible encontrarlos», dice el escrito de denuncia, que subraya el «enorme perjuicio patrimonial, moral y psicológico» que ha supuesto este hecho para sus familiares. Por ello, presentaron una reclamación que posteriormente cuantificaron, a petición del jefe de Negociado de Patrimonio del Consistorio, en 60.000 euros, una tercera parte por «la pérdida de los restos óseos» y lo demás, por «secuelas y daños morales».
Lejos de esas cantidades se situó la cifra estimada, en un informe de marzo del pasado año, por el técnico de Patrimonio del Ayuntamiento logroñés, que estableció la indemnización en 2.552 euros, reconociendo la responsabilidad patrimonial, si bien apreciaba la dificultad de cuantificar los daños morales, algo «escasamente regulado y con un marcado carácter subjetivo».
Se basaba ese cálculo en un caso similar de 2008, también acontecido en Logroño, aunque entonces la relación de parentesco era de nieta-abuela y el tiempo transcurrido desde el fallecimiento, mayor, de 34 años. Por su parte, la referencia para la familia es una sentencia del juzgado de Vitoria, que en 2020 condenó al Ayuntamiento de la capital vasca a indemnizar con 20.000 euros a una única demandante, si bien en esa situación los restos perdidos correspondían a tres familiares.
No hubo punto de acuerdo con la familia, por lo que el Consistorio logroñés reclamó en septiembre un dictamen al Consejo Consultivo de La Rioja, que concluyó con una valoración intermedia, sugiriendo una compensación económica de 23.000 euros –cinco mil para cada hijo y ocho mil para la esposa–, además de la preceptiva devolución de la cuota pagada por la renovación del nicho (195 euros). Actualmente, el caso sigue judicializado en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la capital.
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