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M. J. G.
LOGROÑO.
Domingo, 4 de julio 2021, 02:00
El cuello de botella que bien puede escenificar la situación de los interinos en España (entre 300.000, según Función Pública, y 800.000, según el propio colectivo) es el resultado de más de dos décadas de dislates, errores y desatinos, en los que ... el mismo tribunal que ahora parece abrir una espita a la solución del problema fue el que lo agrandó.
La historia de este maquiavélico embudo en el que se encuentra el sector público español arranca en 1988, cuando el Supremo (TS) dictamina que si la Administración pública contrata como una empresa privada también debe asumir las consecuencias si abusa de la temporalidad. Pero ocho años después modula su criterio y donde había dicho que los interinos debían pasar a ser fijos, dijo que indefinidos. Fue tal el caos jurídico generado que dos años después tuvo que volver a afinar su doctrina delimitando la cualidad de indefinido: hasta en tanto esa plaza no saliera a concurso o concurso-oposición. El famoso 'indefinido no fijo'. Y en estas llegó la crisis financiera e inmobiliaria de la década pasada, y como no había posibilidades presupuestarias para convocar oposiciones, las administraciones siguieron tirando de la temporalidad.
La situación encendió las alertas en la Unión Europea y el Tribunal de Justicia de Europa, primero en 2009 y después el pasado día 3 (como consecuencia de una cuestión prejudicial del TSJ de Madrid), que dictaminó que las actuaciones abusivas deben ser sancionadas adecuadamente para resarcir el daño ocasionado (despido improcedente) y que sobrepasar los tres años es contrario a la normativa europea.
Y todo desemboca en la sentencia del pasado lunes del Supremo (reproducida en parte en el documento que ilustra esta información) que, tras los serios toques de atención de la UE y los varapalos de los juzgados españoles, rectifica de nuevo propia doctrina. Quién asegura que será la última corrección.
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