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El dos de agosto de 2018, policía, bomberos y varios operarios se emplearon a fondo para limpiar y vaciar una vivienda de la calle Marqués de la Ensenada, en Logroño, en la que habían llegado a acumular 30 toneladas de enseres y de basura en apenas 70 metros cuadrados. El primer día extrajeron 18 toneladas de basura y el segundo, 12.
Los vecinos lamentaban la situación que habían tenido que sufrir durante años: «Insectos y malos olores», confesó uno de ellos a este diario. De hecho, la intervención en la vivienda se produjo tras las reiteradas denuncias interpuestas por las condiciones de insalubridad de la vivienda que afectaban a todo el bloque.
En enero de ese mismo año, el Ayuntamiento, mediante resolución de Alcaldía, había requerido a los titulares del inmueble para que limpiaran y retiraran los enseres que pudieran producir insalubridad, olores y riesgo de incendio. El 25 de junio, en un nuevo auto, se les hacía el mismo requerimiento y el 24 de julio, por «presunto síndrome de Diógenes», se acordó autorizar la entrada a la vivienda y en su caso, mediante ejecución subsidiaria, llevar a cabo las labores previamente encomendadas a los titulares del piso. Es decir: limpiarlo y sacar de ahí todos los enseres que, según se constató después, se acumulaban por todos los rincones de la vivienda.
La historia parecía acabar ahí y ser otra de tantas de las que sufren las personas afectadas por el síndrome de Diógenes, un trastorno por el tienden a amontonar en sus domicilios grandes cantidades de objetos, basura y desperdicios domésticos hasta el punto en el que las condiciones ambientales pueden suponer un serio riesgo para su salud y ocasionar problemas de convivencia con los vecinos. Pero no fue así, un fallo en la notificación del último auto, al parecer porque no fue publicada en el BOE, un trámite que se considera indispensable, propició su anulación por parte de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
Anulada por tanto la autorización, los dueños de todos los enseres del piso recurrieron de nuevo a la vía judicial para reclamar que el Ayuntamiento les devolviera lo requisado o bien que les indemnizara con un millón de euros que era, según sus cálculos, el valor de los objetos. Pero como las propiedades habían sido llevadas al vertedero solo quedaba la opción de la indemnización. Alegaron, según la sentencia a la que ha tenido acceso Diario LA RIOJA y contra la que cabe recurso, que eran «bibliófilos y allí guardaban libros antiguos y modernos, revistas y póster... que fueron tratados injustamente como basura».
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Logroño, aunque reconoce que el Ayuntamiento «no culminó» la notificación, sostiene que su actuación estaba justificada ante las «extremas condiciones de insalubridad de la vivienda y el consiguiente riesgo de incendio por la acumulación de todo tipo de objetos». «Fueron los actores –prosigue el fallo judicial– los que supuestamente depositaron en una vivienda de 70 metros cuadrados valiosos objetos de colección entremezclados con residuos de todo tipo hasta alcanzar las 30 toneladas por lo que son ellos los que deben asumir las consecuencias derivadas de su propia negligencia». Además, explica que fue imposible catalogar los residuos dado el «caos reinante». La clasificación «hubiese imposibilitado los trabajos ya que escasamente se pudo hacer una cadena humana para transportarlos a medida que se iban retirando».
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Javier Campos y Justo Rodríguez | Logroño
Juan Cano, Sara I. Belled y Clara Privé
Alfonso Torices (texto) | Madrid y Clara Privé (gráficos) | Santander
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