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Los bares y las terrazas se convierten en un punto neurálgico de la vida social durante los meses de verano. Muchos establecimientos aprovechan este alto flujo de clientes para realizar cobros abusivos en servicios que no deben. Y es que, «en una sociedad de libre mercado, los precios de los productos y servicios de hostelería son libres, pero deberán estar claramente indicados en la carta y en la lista de precios de los establecimientos», advierte la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Así, atendiendo a las quejas de los clientes, que ascienden considerablemente en la temporada estival, la OCU ha elaborado una lista con diez conceptos que no pueden cobrarse sin señalarlo previamente, así como otros que necesitan el consentimiento del consumidor. Las irregularidades más frecuentes son:
1. Suplementos. No se pueden cobrar suplementos en bares y restaurantes por el servicio de terraza, salvo que se indique claramente en la carta.
2. ¿Mínimo? Es legal fijar un consumo mínimo o un tiempo máximo en terraza, pero solo si se informa expresamente al cliente cuando la ocupe.
3. Del grifo, sí. Los establecimientos no podrán cobrar ni negarse a dar agua del grifo de forma gratuita a los consumidores, aun cuando estimen que el sabor del agua no es bueno. Esta medida, amparada por la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, lleva vigente desde el pasado 9 de abril apostando por un consumo racional y sostenible además de limitar el uso de los envases de plástico de un solo uso.
4. Cubierto no, pan sí. Es ilegal cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto, algo implícito en el propio servicio de la hostelería. Asimismo, el aperitivo o el pan puede cobrarse si se pide y se indica su precio en carta.
5. Al peso, con base. Los pescados, carnes y mariscos con precio en la carta según mercado, deberán incluir una base o peso que permita conocer el precio aproximado.
6. Fuera de carta. Si se ofrece un producto de fuera de la carta, deberá avisarse de su precio, de lo contrario el cliente puede abonar el precio de un plato similar en carta.
7. Con IVA. Los precios reflejados en la carta se entienden como finales y completos, con IVA incluido. En caso de no incluirlo, deberá señalarse expresamente.
8. Un táper, por favor. El establecimiento debe facilitar un táper al cliente si este desea llevarse el resto de la comida, pero puede cobrar por él siempre que se lo advierta.
9. Reserva gratis. En caso de pedir por adelantado el pago de una reserva de mesa, esa cantidad deberá ser descontada luego del precio final.
10. Y con tíquet. El establecimiento tiene la obligación de entregar el tíquet o factura en el que se incluya siempre el detalle de cada producto consumido.
Por último la OCU recuerda que, en caso de que surjan problemas, puede solicitarse la hoja de reclamaciones. Si el establecimiento se niega a entregarla, el cliente puede exigir la presencia de la policía municipal para que levante el acta. En estos casos, se recomienda además guardar la factura de la consumición, así como fotografiar la carta con los precios y tarifas.
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