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La rioja
Miércoles, 6 de enero 2021, 20:34
Viajes El Corte Inglés ha reembolsado a un usuario 1.552 euros de un paquete turístico consistente en un vuelo a Amsterdam con alojamiento que fue cancelado debido al COVID-19. La devolución se ha realizado tras la reclamación de FACUA-Consumidores en Acción.
Juan Carlos M.L., residente en Logroño, contrató en diciembre de 2019 con El Corte Inglés un viaje combinado de cinco días -consistente en billetes de avión y alojamiento en hotel- a Amsterdam para el 27 de abril de 2020. El precio total del viaje ascendía a 1.540 euros, 570 de los vuelos y 970 del hotel, más otros 12 euros por los gastos de gestión.
Según recoge Europa Press, el 14 de abril de 2020, la agencia de viajes se puso en contacto con el usuario para indicarle que la aerolínea con la que habían contratado los billetes de avión, KLM, había cancelado los vuelos debido a la situación provocada por el COVID-19. De igual forma, el hotel también había cancelado la reserva por el alojamiento, e iba a proceder al reembolso de los 970 euros que había abonado por las cuatro noches
En cuanto a la devolución de los billetes de avión, El Corte Inglés se limitó a informar de que enviaría un bono por el importe de los vuelos que el usuario podría utilizar en el plazo de un año. Juan Carlos se dirigió entonces a la agencia para indicarles que no aceptaba el bono y exigir la devolución del importe, sin éxito.
Ante la negativa de la agencia a reembolsarle el precio de los billetes, el usuario decidió acudir a FACUA para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación reclamó a El Corte Inglés que devolviera a Juan Carlos no sólo los 970 euros del alojamiento, sino también los otros 570 euros por los vuelos, en lugar de entregarle un bono.
En su escrito, FACUA recordaba que la normativa permite reclamar cualquier falta de conformidad en un viaje combinado tanto al organizador como a cualquiera de los minoristas.
Así, el artículo 161 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que «los organizadores y los minoristas de viajes combinados responderán de forma solidaria frente al viajero del correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el contrato, con independencia de que estos servicios los deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores».
Por otro lado, el artículo 36.4 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, establece, en relación a los viajes combinados cancelados con motivo de la pandemia, que «el organizador o, en su caso el minorista, podrán entregar al consumidor o usuario, previa aceptación por parte de este, un bono para ser utilizado dentro de un año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido. Transcurrido el periodo de validez del bono sin haber sido utilizado, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado que deberá abonarse, a más tardar, en 14 días».
Debido a que Juan Carlos no había aceptado en ningún momento el bono por los billetes de avión, la agencia de viajes estaba obligada a reembolsarle el dinero que había pagado por ellos.
Finalmente, tras la reclamación de FACUA, Viajes El Corte Inglés ha procedido a reembolsar al usuario tanto los 970 euros del alojamiento como los 570 que pagó por los vuelos, así como los 12 euros de gastos de gestión. En total, 1.552 euros que Juan Carlos ya ha recibido.
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