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La sentencia, además de valoraciones, evidenció este martes discrepancias en la interpretación que desde algunas instancias se hacía del texto legal del Alto Tribunal. La Delegación del Gobierno en La Rioja y la Asociación del Transporte de esta comunidad (Atradis), una vez consultados los abogados ... del Estado por un lado y el gabinete jurídico por otro, concluían que la sentencia no anulaba el veto de los vehículos pesados de cuatro o más ejes en la N-232 y sí las bonificaciones a los vehículos previstas en el Real Decreto 1023/2017, ahora anulado, pero no la restricción al tráfico por esta vía que, según su versión, estaría recogida en sucesivas resoluciones de la Dirección General de Tráfico, que impide entrar en la mencionada Nacional y en la N-124 y obliga a desviarse a la autopista de peaje AP-68.
Las consecuencias, de acuerdo con su interpretación, serían que los camiones continuarían obligados a transitar por la única vía de peaje de la región, pero ahora sin la subvención acordada en el mencionado Real Decreto.
Sin embargo, el Tribunal Supremo remitía este martes a los medios de comunicación a la misma nota de prensa enviada el día anterior y que no fue rectificada en ningún momento en el día de ayer en la que literalmente el propio tribunal aseguraba que «el Tribunal Supremo anula la prohibición de circular a los camiones por las carreteras convencionales de La Rioja».
Con el fin de arrojar luz sobre las distintas interpretaciones, el delegado del Gobierno en La Rioja, José Ignacio Pérez, anunció este martes que la Abogacía del Estado pedirá al Alto Tribunal una aclaración sobre los términos de un fallo judicial que ha levantando ampollas en la región. Con las mismas intenciones, ha convocado para mañana una Comisión de Asistencia al Delegado.
Por su parte, el presidente de ATRADIS, Santiago Gutiérrez, calificaba de «falso» que el Tribunal Supremo haya anulado la prohibición y aseguraba, tras consultar con su gabinete jurídico, que las bonificaciones, que oscilaban entre el 50 % y el 75 % del importe del peaje en función del trayecto recorrido, desaparecerán por completo tras la publicación de esta sentencia en el BOE. Una publicación que, dijo, se producirá en un plazo de menos de veinte días. Según su versión, la restricción permanecerá vigente hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelva el recurso impuesto a la resolución de la Dirección General de Tráfico. Además, calificó de «irracional y absurdo» el recurso presentado en el Tribunal Supremo por la empresa riojana Grupo Arnedo, no asociada a ATRADIS.
Carlos Díaz, gerente de la asociación, incidió en que la situación actual es «complicada», pero abogó por conseguir un nuevo Real Decreto que contemple la restitución de estas bonificaciones y su subida hasta un mínimo del 85 % del importe del peaje obligatorio.
«Los transportistas están en un mar de confusión, creen que van a poder volver a la N-232 y esa prohibición está y va a seguir estando porque no hay una sentencia que la cuestione», precisó Díaz. No obstante, se mostró poco optimista en este sentido porque «no hay ni Gobierno en España».
Finalmente, se preguntan que si se elimina la restricción, «qué va a pasar cuando se produzca algún fallecido» en la carretera, por ello insisten en negociar un nuevo Real Decreto que recoja una bonificación del 90% y que esté vigente hasta el 2026, cuando concluye el contrato con la concesionaria de la autopista».
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