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L. R.
logroño.
Viernes, 18 de noviembre 2022, 18:00
En plena pandemia y con el COVID desbocado en La Rioja, el Gobierno regional acordó en agosto de 2020 el cierre de los establecimientos de ocio nocturno –discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, en concreto– y aplicó una serie de restricciones en hostelería como la obligación de garantizar el distanciamiento de 1,5 metros entre personas, tanto en barra como en terrazas. La comunidad asumía de esta manera la orden del Ministerio de Sanidad con el objetivo de frenar la expansión del virus. Esta decisión no gustó nada a la Asociación Riojana de Hostelería, adscrita a la FER, que presentó una demanda judicial reclamando la suspensión de esas medidas cautelares al considerarlas «desproporcionadas».
Transcurridos más de dos años, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha desestimado ese recurso, según ha adelantado este viernes la Cadena Ser, y además ha condenado a pagar las costas a los hosteleros. Portavoces de la asociación han reconocido que tenían «prácticamente olvidada esta sentencia» puesto que han pasado ya dos años «y lo cierto es que se nos van acumulando los problemas». Porque aunque la pandemia ha remitido de manera notable, «ahora los costes de la energía y de las materias primas están disparados y bastante tenemos con pensar en sobrevivir día a día», añaden. No tienen intención de seguir la batalla judicial en instancias superiores como el Tribunal Supremo.
El fallo judicial que da la razón al Ejecutivo Andreu incide en la «necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas adoptadas» en agosto de 2020.
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