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La regulación del teletrabajo está «forzada» por la pandemia
Guillermo García González | Experto universitario en Derecho del Trabajo ·
El profesor de la UNIR ha recordado que el teletrabajo debe ser «voluntario y reversible»Secciones
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Guillermo García González | Experto universitario en Derecho del Trabajo ·
El profesor de la UNIR ha recordado que el teletrabajo debe ser «voluntario y reversible»la rioja
Logroño
Domingo, 6 de septiembre 2020, 21:47
La regulación legal del teletrabajo no era una cuestión «prioritaria» en la agenda del Gobierno, pero el confinamiento obligado por la pandemia de coronavirus ha «forzado» la tramitación de esta ley, ha asegurado a Efe el experto universitario en Derecho del Trabajo Guillermo García González.
En la reforma laboral de 2012 se introdujo el trabajo a distancia con apenas «cuatro notas generales» y no se quiso profundizar, porque era un asunto que provocaba mucha controversia, según García González, quien ha recalcado que sin la pandemia de COVID-19 no se habría acelerado su regulación.
Este profesor del Máster en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR) ha precisado que el anteproyecto de la ley para regular el teletrabajo está en fase de negociación entre los agentes sociales, aunque ha apuntado que el Gobierno lo podría tramitar mediante un Real Decreto a lo largo de este mes de septiembre.
Si se regulase mediante una ley, su tramitación se podría extender entre mes y medio o dos meses, pero la situación sanitaria, y su incierta evolución, podría urgir su aprobación para contar con las herramientas legales con las que regular el teletrabajo ante futuros confinamientos o como forma de conciliar la vida familiar en caso de cuarentenas que afecten a los hijos.
Este profesor, también investigador principal del Grupo de Investigación 'Trabajo Líquido y riesgos emergentes de la Sociedad de la Información' de la UNIR, ha recordado que el teletrabajo debe ser voluntario y reversible.
Además, tiene que afectar a más del 30 por ciento de la jornada laboral, por lo que ya se consideraría esta fórmula siempre que se trabaje fuera del centro laboral más de día y medio a la semana.
El teletrabajo no debe confundirse con la fórmula empleada durante la pandemia por el estado de alarma, que ha sido «trabajo en remoto forzado por imposición legal», ha puntualizado.
Empresa y trabajador deben ponerse de acuerdo para establecer el teletrabajo, pero con la nueva regulación legal, el empleado contará con seguridad jurídica, ya que ese acuerdo estará documentado y recogerá los medios técnicos que aporta la empresa, los consumibles, los gastos y la compensación económica por todo ello.
Así, se deberá precisar en un documento si la empresa cede al trabajador un ordenador, una impresora y sus correspondientes cartuchos de impresión, si abona la cuota de internet, el consumo de teléfono o energía eléctrica, unas cuestiones que se deberán concretar a través de la negociación colectiva.
El horario de la jornada laboral será otro de los apartados que debe incluirse en el acuerdo de teletrabajo, pero no el derecho a la desconexión digital del trabajador, porque esto es algo que ya aparece recogido desde 2018 en la Ley de Protección de Datos.
Ese derecho a desconectar fuera del ámbito laboral está ya «reconocido y regulado para todos los trabajadores y los empleados públicos», ha subrayado, aunque no se han definido las medidas concretas para implementarlo.
Apenas unas pocas empresas garantizan en España ese derecho a la desconexión, de modo que bloquean su servidor para que a un trabajador no le lleguen correos electrónicos o cierra el acceso remoto una vez que ha finalizado su jornada laboral.
Ha opinado que, con la regulación del teletrabajo, se ha tratado de dar una solución digital a un problema de una sociedad digital mediante fórmulas analógicas, por lo que ha apostado por modificar las relaciones laborables a partir del compromiso y la confianza.
Así, se trataría de cambiar el presencialismo en un horario acotado por un trabajo por objetivos, en el que prime la productividad en un entorno flexible.
Pero este «cambio de chip» exige una evolución para implantar un nuevo modelo de relaciones laborales, ha insistido.
La función pública está excluida de la regulación del teletrabajo, tanto funcionarios como personal laboral, de modo que tendría que ordenarse a través de sus propios acuerdos, algo que ya han hecho muchas administraciones autonómicas.
Entre los países más avanzados en el teletrabajo, ha citado Dinamarca y Suecia, «los típicos», pero también otros más similares a España, como Italia, Francia y Portugal.
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