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El BOE ha publicado este viernes lo que hace ya una semana que se anunció y que todavía no se había hecho oficial: los municipios de menos de 10.001 habitantes y una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado podrán disfrutar ... de libertad horaria para salir a pasear o hacer deporte, por ejemplo. La nueva normativa se hace efectiva ya y estos municipios riojanos no tendrán que esperar al lunes, cuando posiblemente La Rioja entre en fase 2, algo que se sabrá hoy o mañana.
Si bien es cierto, que en la mayoría de estos municipios los vecinos ya habían tomado la norma como entrada en vigor, y hacían vida sin horarios a pesar de que la norma no estaba todavía publicada.
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De esta forma, las únicas localidades riojanas que ahora mismo mantienen las franjas horarias son Logroño, Calahorra, Arnedo, Haro, Villamediana, Lardero, Santo Domingo y Nájera, estos cuatro últimos tienen menos de 10.001 habitantes pero una densidad de población mayor a 100.
Caso contrario es el de, por ejemplo, Rincón de Soto, Pradejón o Albelda, que superan la densidad de población, pero tienen menos de 5.000 habitantes y ya contaban previamente con libertad horaria, por lo que no la pierden.
Curioso es el caso de Alfaro, que, debido a su extensión, cuenta con una densidad de población de unos 50 habitantes y casi 10.000 censados, por lo que sí se le aplica la norma.
Otra de las novedades que publica el BOE este viernes es que se podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, algo que también estaba previsto para la fase 2.
Igualmente, hoy vuelven a la vida los mercadillos en estas localidades.
A estos municipios no se les aplicará el límite de un adulto acompañando a un máximo de tres menores de 14 años, así que podrán salir a pasear juntas todas las personas que convivan. Y aquellos municipios que estén en fase 1 tendrán libertad de movimientos por todo el territorio de la desescalada en grupos de hasta 15 personas, no 10.
Los paseos se podrán realizar, además, por todo el municipio o, en su defecto, a cinco kilómetros, siempre que si se pasa por pueblos adyacentes estén dentro del mismo territorio de desescalada y entren dentro de las condiciones de esta orden (asta 10.000 habitantes y densidad de población menor a 100 habitantes por km²)
Solo aplica a quienes residan allí, no a los visitantes.
Eso sí, todas las medidas de relajación del confinamiento incluidas en esta orden solo aplican a aquellos empadronados en esos municipios o que hayan pasado allí los últimos 14 días, no a quienes estén de paso.
Las medidas son efectivas desde hoy y hasta que se planteen medidas más abiertas para su territorio de desescalada.
La reapertura de locales de hostelería y restauración pimplica ciertas normas:
1. Un aforo del 40%: Podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un cuarenta por ciento de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en los apartados siguientes.
2. Nada de consumo en la barra: El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Asimismo, estará permitido el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar.
3. Los productos, tras una pantalla e individuales: Se podrá ofrecer productos de libre servicio, ya sean frescos o elaborados con anticipación, para libre disposición de los clientes siempre que sea asistido con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente.
4. Terrazas: La prestación del servicio en las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración se realizará conforme a lo previsto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo.
5. Distancia de dos metros entre mesas: Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.
Además, deberán respetarse las siguientes medidas de higiene y prevención:
1: Desfinfección entre cliente y cliente: Limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro. Asimismo, se deberá proceder a la limpieza y desinfección del local al menos una vez al día de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.
2: Mantelería de un solo uso: Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
3: Geles para los clientes: Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local y a la salida de los baños, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
4: Adiós a la carta, mejor en pizarras: Se evitará el empleo de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
5: La vajilla, cerrada: Los elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
6: Nada de servilleteros: Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.
7: Con itinerario en el bar: Se establecerá en el local un itinerario para evitar aglomeraciones en determinadas zonas y prevenir el contacto entre clientes.
8: Y los camareros...: El personal trabajador que realice el servicio en mesa deberá garantizar la distancia de seguridad con el cliente y aplicar los procedimientos de higiene y prevención necesarios para evitar el riesgo de contagio.
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