Dos agentes de la Guardia Civil trasladan al detenido al cuartel de Logroño. G. C.

Condenado a 20 meses de prisión el agresor sexual de una peregrina en Nájera

La Audiencia Provincial ratifica una sentencia que también contempla la expulsión durante cinco años del agresor que le tocó los glúteos y trató de encerrarla en su casa

Víctor Soto

Logroño

Martes, 23 de julio 2024, 07:12

La pesadilla que vivió el pasado mes de diciembre una peregrina alemana de 24 años a su paso por Nájera, donde sufrió un intento de agresión sexual por parte de un hombre que le ofreció alojamiento, ha acabado con una condena de 20 meses ... de cárcel y la expulsión de España durante cinco años del agresor.

Publicidad

A mediados de diciembre, la joven había cubierto la etapa jacobea entre Logroño y Nájera y, cuando llegó al albergue de la localidad, se encontró que este se encontraba completo.

Ante esta situación decidió marcharse en busca de otro lugar donde descansar y, desorientada por las calles de Nájera, se topó con un hombre de 48 años y de nacionalidad marroquí al que preguntó cómo debía seguir el Camino de Santiago. Este le dio indicaciones, pero también la invitó a pernoctar en su domicilio para recuperar fuerzas, a lo que esta accedió creyendo en la buena voluntad de su 'hospitalero'.

Una vez en la casa, el ahora condenado cerró la puerta y comenzó a tocarle los glúteos mientras intentaba besarla. La peregrina logró salir a la calle e inmediatamente acudió a la Guardia Civil para denunciar la situación.

Esta desplegó un importante dispositivo para evitar la fuga del agresor, sellando las entradas y salidas de la localidad, aunque finalmente logró localizar y arrestar al hombre en su propio domicilio apenas hora y media después de que sucediesen los hechos.

Un mes después de la agresión, el Juzgado de lo Penal número 3 de Logroño dictaba la primera sentencia contra el acusado. Este la recurrió al entender que se había producido errores en la valoración de la prueba y que se había vulnerado su presunción de inocencia. La Audiencia Provincial, ya en mayo, ha desestimado el recurso.

Publicidad

«Sin atisbo de duda»

La sentencia recalca que fue la propia denunciante la que «indicó la calle y el portal donde sucedieron los hechos» y que esta declaró «sin atisbo de duda», mientras que el encausado no acudió al juicio.

De la misma forma, explica que la peregrina denunció el caso «inmediatamente» a los agentes de la Guardia Civil y que esta «no solo no conocía con anterioridad al acusado, sino que no tenía ningún motivo para denunciarle en falso cuando este le había ayudado».

Publicidad

Y que si existieron contradicciones respecto a la puerta que la joven no podía abrir para marcharse y al contacto que el acusado mantuvo con la víctima podrían ser debidas «más a la barrera idiomática y a la mayor precisión y aclaración de los hechos en la declaración en el juzgado» que a la falta de veracidad. Las variaciones «no afectan a los aspectos nucleares de la versión de la denunciante relativos a que sufrió un tocamiento inconsentido en el glúteo y que no podía irse del lugar hasta que el acusado abrió la puerta».

Este contenido es exclusivo para suscriptores

¡Oferta 136 Aniversario!

Publicidad