Sonia Tercero

Las claves del nuevo proceso de escolarización

El borrador defiende la necesidad de establecer un proceso de escolarización que simplifique y racionalice el actual

Luis J. Ruiz

Logroño

Jueves, 11 de febrero 2021, 07:35

El borrador del decreto (que aún debe ser informado por el Consejo Escolar) recoge varias novedades en el proceso de escolarización que tantos quebraderos de cabeza da a los padres. Estas son las claves:

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Plazas escolares

Oferta desvinculada de la demanda de las familias

El borrador del futuro decreto, a la hora de abordar la ... oferta de plazas con que contará el sistema educativo riojano sostiene que el proceso de admisión se realizará a partir de los puestos escolares que, para cada una de las dos redes, establezca la Consejería de Educación. En la norma que se ha venido aplicando en los últimos años, el enfoque era el contrario, de tal forma que la administración estaba obligada a asegurar «la existencia de puestos escolares para atender la demanda de las familias». Para ello, dice el decreto aún vigente, «las administraciones garantizarán una oferta suficiente de plazas en los centros públicos y concertarán con centros privados» las necesarias.

Zonas educativas

La zonificación regresará a la educación riojana

A expensas de que Educación informe cómo quedará la futura zonificación educativa de la región, el borrador augura en el caso de Logroño (donde la escolarización siempre es más problemática) una ciudad partida en zonas y, probablemente, independiente de Lardero y Villamediana (en la actualidad las tres forman una zona única). El borrador apunta que «dentro de cada localidad, las zonas de influencia tenderán a ser lo suficientemente amplias a efectos de facilitar la elección de centro docente», una redacción que suprime una de las coletillas incluidas en la norma que se derogará y que decía que en cada zona «si es posible» se ofertará «a los solicitantes centros de carácter público y concertado».

Intervención directa

Posibilidad de reubicar alumnos para equilibrar el sistema

La Consejería se reserva también en el nuevo borrador la potestad de intervenir de manera directa para solucionar las ineficiencias que se puedan derivar de la normal escolarización. Así, redacta la norma en fase de alegaciones, «cuando en una zona de escolarización exista una alta concentración de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, y se detecte desequilibrio manifiesto en su escolarización entre los distintos centros públicos y privados concertados, el titular de la dirección general competente en materia de escolarización podrá establecer las medidas necesarias para garantizar un adecuado equilibrio en la escolarización de este alumnado en determinados centros docentes».

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Nuevo órgano

Los centros, al margen de la adjudicación de plazas escolares

«El consejo escolar de los centros públicos decidirá sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la normativa vigente», establece el texto aún vigente en el punto 1 del artículo 20, que en el caso de los concertados añadía que «participará» velando que se desarrolle «con sujeción a lo establecido en la normativa vigente» y dejando en manos de la titularidad del centro «la admisión de alumnos». Ahora todas esas funciones recaen en la Oficina de Escolarización Permanente, integrada por cinco miembros de la administración educativa, un director de un centro público y otro de un concertado y sendos representantes de las asociaciones de padres y madres, uno de cada red.

Sin Aportaciones

Gratuidad de las enseñanzas obligatorias

Frente a lo regulado en el anterior decreto, que apuntaba que la admisión de un alumno en un centro no se podría vincular a «ninguna clase de aportación económica o personal», el borrador que ha elaborado la Consejería es más claro y no circunscribe esa prohibición solo al proceso de admisión: «Los centros docentes públicos y privados concertados, en ningún caso podrán percibir cantidades de las familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito, ni exigir aportaciones en concepto de matrícula o por reserva de plaza o imponerles la obligación de hacer aportaciones a fundaciones o asociaciones». También veta la obligación de adquirir material escolar en un establecimiento concreto.

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Sin 'punto extra'

Nuevos criterios a la hora de baremar las solicitudes de plaza

Una de las novedades que incluye el texto es la supresión del denominado 'punto extra' que algunos centros concedían, por ejemplo, a los hijos de exalumnos o a quienes vivieran en las inmediaciones del colegio solicitado. Además de suprimir ese punto adicional –clave para lograr una plaza en los centros con mayor demanda–, la Consejería prevé incorporar otros criterios adicionales a los ya tradicionales de residencia y lugar de trabajo de los padres, nivel de renta o familias numerosas. Entre los nuevos están los de los alumnos nacidos en partos múltiples, la monoparentalidad o el reconocimiento de la condición de víctima de violencia de género o de terrorismo, entre otros.

También en los centros

Las solicitudes de plaza, «preferentemente» de forma telemática

La denominada ventanilla única seguirá siendo mixta, según prevé el borrador del decreto de escolarización que la Consejería prevé que entre en vigor para el proceso de asignación de plazas escolares del próximo mes de abril. Y es que la norma, si bien recomienda a las familias que tramiten su solicitud de manera telemática, abre la posibilidad a que la entreguen en los centros en los que quieren escolarizar a sus hijos. «En ningún caso los centros financiados con fondos públicos podrán rechazar solicitudes», sostiene la norma recordando que una vez que finalice el plazo de escolarización «la Oficina de Escolarización Permanente procederá a su tratamiento y ordenación por orden de puntuación».

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Reducción de la ratio

Incorporación de los alumnos de educación especial

El futuro decreto establece que son alumnos con necesidades educativas los que tengan dificultades específicas de aprendizaje, quienes se incorporen de forma tardía al sistema educativo, los que tengan altas capacidades intelectuales, quienes tengan necesidades educativas especiales y los que las presenten derivadas de condiciones personales o historia escolar. En el caso de los alumnos con necesidades especiales (dos como máximo por aula), la norma prevé la reducción de dos plazas en relación a la ratio máxima legalmente establecida. Su proceso de escolarización, además, podrá realizarse de forma simultánea al proceso ordinario de admisión, establece el borrador actual.

Reparto equilibrado

Libertad de elección de centro y organización educativa

Otro de los aspectos en los que incide el borrador del decreto es en la necesidad de eliminar las posibles discriminaciones que se hayan dado en procesos previos de escolarización. Así, apunta que «en la planificación de la enseñanza, se deberá atender a una adecuada y equilibrada distribución de los alumnos y alumnas con necesidades específicas de apoyo educativo entre todos los centros públicos y privados concertados» y que ese «concepto de la educación como servicio público deberá también hacer compatible el derecho de las familias a la elección de un centro educativo para sus hijos con las necesidades del alumnado y la planificación de la oferta educativa realizada por la Consejería».

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Reto sistémico

Todos los centros deben ser espacios de integración

A lo largo del borrador, los redactores incorporan diferentes medidas para alcanzar un sistema más «integrador», pero es en su preámbulo donde Educación plasma el objetivo perseguido por el futuro decreto de escolarización. Así, apuntan que «aceptada socialmente la integración de personas con necesidades educativas específicas, es necesario profundizar más en la función integradora que potencialmente tiene la educación. Por ello, se deben establecer un procedimiento y unos criterios de admisión que faciliten la integración de las diferencias y fomenten el respeto y la valoración de los demás. Esta función se debe generalizar a todos los centros, tanto públicos como privados concertados».

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