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Quienes pasean estos días por el entorno de la céntrica calle María Zambrano de Logroño, se topan con una escena atípica, pese a que el lugar cuenta habitualmente con un rutinario trasiego. Decenas de jubilados forman fila a las puertas de la delegación de Agencia ... Tributaria para reclamar una devolución de sus impuestos, que aquellos que pertenecían al antiguo régimen de mutualidad sectorial o de las propias empresas han pagado de más por los años trabajadores entre 1967 y 1978.
«¿Será verdad?», se preguntaban en un corrillo de mujeres que esperaba al final de la fila. La incredulidad era generalizada entre el medio centenar de jubilados que esperaban a acceder a la delegación de Hacienda. «Sin duda ha sido una sorpresa. ¿Positiva?Esperemos, porque no tenemos claro si nos devolverán algo», señalaba Feliciano Sentino, exfuncionario de Instituciones Penitenciarias, que calculaba que cotizó más de lo debido durante cuatro años, según el periodo al que afectan estas demandas.
En similares términos se pronunciaba Concepción Pérez, que fue enfermeda del hospital, a punto de entregar su reclamación:«A ver si es verdad nos lo pagan, que después se quedan el dinero y no nos llega a los jubilados». Tres compañeras de la desaparecida fábrica de Europunto, que dio trabajo a centenares de logroñesas, también esperaban pacientemente su turno. A primera hora de la mañana, la fila llegaba hasta la esquina con avenida de Portugal, y es que, aunque no existe una estimación por parte de Hacienda, la situación afectaría a miles de jubilados riojanos. La expectación, sin duda es merecida.
El movimiento se inició hace un año, cuando el Tribunal Supremo reconoció la reclamación de un empleado de banca por la pensión ligada a la mutualidad. Estas cotizaciones debían haber tributado al 75%, no al 100%, como lo estaban haciendo. Es decir, que Hacienda debe realizar una reducción fiscal del 25% en las contribuciones aportadas entre 1967 y 1978, año en el que las mutualidades se integraron en el régimen de la Seguridad Social. Les estaban cobrando más impuestos de lo debido.
En un primer momento, la medida, ligada a la sentencia, afectaba a los antiguos empleados de banca, pero la Agencia Tributaria comenzó a reconocer favorablemente el derecho de devolución de trabajadores de otros sectores. Esto ha abierto la puerta a nuevas reclamaciones, como las que estos días realizan cientos de riojanos. Por el momento, se han resuelto a favor de empleados del comercio, la construcción, las eléctricas o diferentes industrias. Del mismo modo, muchos funcionarios se encontraban en este mismo régimen de mutualidad o montepíos y también pueden ser beneficiarios de la devolución, como lo han sido ya profesores o policías. La amplia extensión de este modelo de cotización laboral en la España de los 60 y 70 invita a numerosos pensionistas a revisar la posibilidad que se les abre. A falta de conocer datos regionales, en el País Vasco, han sido ya 120.000 las personas que han realizado esta solicitud.
La gestión es sencilla.Aquellos que se consideren afectados deben recoger el formulario en la delegación de la Agencia Tributaria, que ya cuenta con el motivo de la solicitud impreso: 'Rectificación de las declaraciones de IRPFde 2019, 2020, 2021 y 2022 por cotización de mutualidades'. Debe cumplimentarse el escrito simplemente con los datos personales y el número de cuenta, para entregarlo firmado en las mismas oficinas. Además, desde el 20 de marzo esta gestión podrá realizarse de forma telemática en la página web de la Agencia Tributaria, accediendo con la referencia de la casilla 505 del IRPFde 2021, la Cl@ve PIN o el certificado electrónico. No requerirá tampoco adjuntar documentación.
No existen cifras concretas sobre el importe al que ascenderá la devolución, ya que dependerá de los años trabajados en ese régimen de mutualidad, la cantidad aportada, el sector, la vida laboral... Sin embargo, algunas estimaciones apuntan a cifras superiores a 2.000 euros. Los pensionistas tienen derecho a la devolución aplicable a las cuatro últimas declaraciones de la renta. Las anteriores han prescrito. Igualmente, esta revisión afectará a las declaraciones futuras, con el consecuente ahorro por las menores retenciones.
No hay plazo límite, pero es recomendable presentar la solicitud antes del 30 de junio. De esta manera, también afectará a la declaración del año 2019, de lo contrario, esta quedaría prescrita. En cuanto a plazos, el dinero devuelto por parte de Hacienda llegaría a las cuentas de los demandantes varios meses después.
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