Las cámaras de videovigilancia no se pueden instalar en la comunidad riojana sin una buena justificación. Son los ayuntamientos los que pueden requerir la colocación de estos dispositivos en las distintas localidades, pero siempre y cuando tengan un buen motivo para ello.
Publicidad
El procedimiento es ... claro. En el caso de los consistorios que disponen de Policía Local, los alcaldes o concejales competentes en materia de seguridad son los que tienen que solicitar el permiso a la Delegación del Gobierno y argumentar muy bien las razones por las que necesitan disponer de este sistema. Entre ellos se encuentran asegurar la convivencia ciudadana, erradicar la violencia, utilizar de manera pacífica las vías y espacios públicos o prevenir la comisión de delitos o infracciones, entre otros supuestos.
Desde los distintos ayuntamientos también tienen que describir «el ámbito físico» susceptible de ser grabado, adjuntar imágenes reales de los tramos de la vía pública que pudieran verse afectados «por el campo de visión» de las cámaras o señalar la necesidad o no de grabar sonidos. Una vez enviado este informe a la Delegación, esta concederá o no el permiso tras el informe previo de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia, que valorará la necesidad de instalar estos dispositivos.
En el caso de los municipios que no disponen de Policía Local, como sucede con Fuenmayor o Sajazarra, la Guardia Civil será la responsable de instruir los expedientes. En estos casos, será la Benemérita la encargada de verificar la realidad del problema planteado y de informar sobre la conveniencia e idoneidad de la instalación de las cámaras «como medida adecuada para contribuir a su solución».
Si el informe de la Guardia Civil resulta favorable –si considera apropiada la colocación de estos dispositivos–, la Delegación iniciará (de oficio) el procedimiento encaminado para su autorización, para lo que también se requerirá el visto bueno de la Comisión de Garantías de Videovigilancia. En caso de que el informe sea desfavorable, la Delegación no podrá autorizar la instalación de las cámaras.
Publicidad
La duración de la autorización, en cualquier caso, se otorga por un año. Una vez transcurrido ese periodo, los ayuntamientos tendrán que volver a justificar si necesitan renovar el permiso con al menos dos meses de antelación. De lo contrario, deberán dejar de utilizarlas.
¡Oferta 136 Aniversario!
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.