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Imparable y de un impacto económico letal para las explotaciones ganaderas afectadas. En lo que llevamos de 2024, se han contabilizado 15 explotaciones riojanas con casos positivos de reses con la enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) y un total de 20 animales afectados. La patología, denominada 'covid de las vacas', fue detectada el pasado año en 122 explotaciones ganaderas de vacuno extensivo de la región, en las que se contabilizaron un total de 695 animales con analítica positiva, de los que 150 fallecieron.
El problema fundamental de la enfermedad hemorrágica epizoótica, un trastorno vírico infeccioso no contagioso que se transmite a través de la picadura de mosquitos de la especie Culicoides, es que, a fecha de hoy, no tiene tratamiento específico, por lo que las únicas medidas de control con las que los ganaderos han podido hacer frente a su transmisión han sido el control vectorial mediante el uso de tratamientos desinsectantes, así como el uso de medicamentos en los bovinos afectados para mitigar los posibles síntomas y lesiones asociadas a la patología. Los costes derivados de los tratamientos veterinarios que han precisado los animales enfermos, las mermas de producción y las muertes ocasionadas, además del desembolso por los tratamientos en animales e instalaciones ha provocado importantes pérdidas económicas en las explotaciones de vacuno afectadas por lo que el Gobierno de La Rioja ha decidido poner en marcha una línea especial de ayudas.
El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) ha publicado hoy, 28 de agosto, una orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, destinadas a titulares de explotaciones ganaderas de vacuno, ubicadas en la Comunidad, y que subvencionarán tanto los costes de los tratamientos veterinarios de los animales afectados por EHE, así como las actuaciones de limpieza, desinfección y desinsectación de la explotación.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del número de animales de la explotación, con un importe unitario de 11 euros por animal de más de 12 meses, más un importe fijo por tramos, establecido de la siguiente forma: 150 euros para explotaciones con un censo entre 10 y 50 animales; entre 51 y 100 animales, se destinarán 300 euros; y 400 euros para explotaciones con un censo superior a los 100 animales. El importe máximo de la ayuda será de 3.000 euros por explotación.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones de vacuno inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de La Rioja, con cualquier clasificación zootécnica, a excepción de cebaderos, que tengan domicilio fiscal en la Comunidad, con un censo mínimo de 10 cabezas de ganado y que hayan notificado oficialmente la sospecha de EHE en 2023 ante los servicios veterinarios oficiales adscritos al Servicio de Ganadería, o bien que la explotación haya sido objeto de una encuesta epidemiológica sobre la enfermedad.
Estas ayudas podrán solicitarse a partir de este jueves, 29 de agosto, y durante un plazo de diez días hábiles, hasta el próximo 11 de septiembre. Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, en los distintos registros en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus Organismos Públicos, así como en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno regional.
Junto al respaldo económico, el Foro de Sanidad Animal de La Rioja, que reúne a la Mesa Ganadera de La Rioja y a otros agentes del sector, ya decidió en su día fortalecer la colaboración con los agentes forestales a la hora de detectar la enfermedad en la fauna silvestre. De hecho, gracias a esa labor se ha detectado hasta el momento un positivo en una cierva en la zona de Torrecilla en Cameros.
1
Es una enfermedad vírica no contagiosa que afecta a los rumiantes salvajes y domésticos. El virus, del género Orbivirus y de la familia Reoviridaes, es transmitido por la picadura de mosquitos infectados del género Culicoides. El virus tiene muchas características morfológicas y estructurales en común con los otros miembros del género, especialmente con el de la lengua azul.
2
A rumiantes salvajes (con especial gravedad a ciervos, y en menor medida a gamos y corzos) y a domésticos –sobre todo en el ganado vacuno, el ovino es susceptible a la infección, pero poco a la enfermedad clínica; y el caprino es muy poco susceptible a la infección–.
3
No. La vía de transmisión en un rebaño es indirecta, mediante la picadura de mosquitos. No es una zoonosis, con lo que no afecta al ser humano y no representa un gran riesgo para la salud pública.
4
Sí. La EHE es una enfermedad contemplada en el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OMSA (Organización Mundial de Sanidad Animal).
5
El periodo de incubación oscila entre 2 y 10 días tras la picadura. En el ganado vacuno, si bien suele causar una clínica moderada y autolimitante, en algunos casos puede originar cuadros más graves, pudiendo llegar a provocar secuelas y, en menor medida, la muerte. El cuadro clínico puede presentar síntomas como fiebre, anorexia, edema facial, lesiones en mucosa bucal, inflamación de la lengua y salivación, descarga ocular y/o nasal, disnea, eritema o descamación del hocico, eritema de la ubre, diarrea hemorrágica.
6
No existen vacunas autorizadas en la UE frente a esta enfermedad. Las recomendaciones son supervisar a diario a los animales y acciones de lucha vectorial; es decir, empleo de insecticidas y repelentes en animales, medios de transporte e instalaciones, así como el uso de insecticidas y larvicidas para el control de las posibles zonas de cría de los mosquitos. Ante los primeros síntomas, tratamiento veterinario temprano.
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