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Varios dueños posan con sus perros en el área de esparcimiento canino de La Ribera, en la tarde del pasado miércoles. IRENE JADRAQUE/SADE VISUAL
Mascotas

La ansiada ley animal entra en vigor a medias

La falta de desarrollo de reglamentaciones invalida el seguro obligatorio y los cursos para dueños, pero mantiene la esterilización de gatos

Diego Marín A.

Logroño

Viernes, 29 de septiembre 2023, 07:26

La polémica Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales entra este viernes en vigor, pero a medias. Y es que el Gobierno en funciones no ha podido desarrollar los reglamentos necesarios para concretar aspectos que habían originado revuelo, como el seguro obligatorio de responsabilidad civil de los perros, el curso de formación para los dueños de mascotas o el registro de todos los animales de compañía, y que ahora, sin embargo, se quedan en nada, al menos de momento.

Los reglamentos, en forma de decretos, son necesarios para poder aplicar la ley. El caso de La Rioja es especialmente particular porque, tras la derogación de la ley regional sobre esta materia por el entrante gobierno del PP, muchos aspectos se quedan en el limbo. En cambio, la ordenanza reguladora de tenencia responsable y protección de animales aprobada por el Ayuntamiento de Logroño este mismo año hace que, al menos en la capital riojana, sí que exista una normativa al respecto, aunque local.

Julián Somalo, presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de La Rioja, recuerda que se presentaron 6.000 enmiendas a la ley y que en el último trámite, el del Senado, se aprobó por un solo voto. «Contiene temas jurídicos de difícil interpretación, como la dignidad y los derechos de los animales, que no están claros. Se indica que perros, gatos y hurones son de compañía y luego se habla de un listado de otras especies, por desarrollar, como artrópodos, simios y reptiles, cuya mordedura es venenosa», apunta Julián Somalo. Otro aspecto poco claro y que afecta a la profesión es la obligación de un cuidado veterinario periódico, también por determinar. «No se ha informado de la periodicidad, cómo registrarlos, en qué deben consistir...», señala Somalo.

«La ley incorpora una reforma del Código Penal para castigar más el maltrato animal, se doblan las penas máximas, advierte Beatriz Arraiz»

Pero no todo se ha quedado en nada, hay normas que sí entran en vigor, como el sacrificio cero de mascotas en refugios de animales sin justificación, la obligatoriedad de esterilizar a los gatos y la prohibición de dejar a los perros sin supervisión, por ejemplo, atados a la puerta de un comercio, cuya sanción puede oscilar entre los 500 y los 10.000 euros. «La ley también incorpora sancionar a quienes dejen solos y sin supervisión más de un día a sus perros, o tres días si se trata de otra especie animal. Otro aspecto que se ha incluido es la prohibición de dejar de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos, o atados de manera permanente. Las sanciones previstas por estos hechos, que se podrán denunciar a la Policía Local, Guardia Civil o Policía Nacional, las deben imponer las comunidades autónomas», explica Beatriz Arraiz, delegada del Gobierno en La Rioja. Y es que serán los agentes de seguridad quienes deben velar por el cumplimiento de esta nueva ley estatal.

«Es importante tener en cuenta que esta ley incorpora una reforma del Código Penal para castigar más el maltrato animal, se doblan las penas máximas, de manera que el castigo por muerte sería de 12 a 24 meses de cárcel o multa de 18 a 24 meses, y si confluyen dos agravantes, se podría alargar hasta 36 meses de prisión», advierte Beatriz Arraiz. Porque el objetivo, subraya la delegada del Gobierno, es «implementar mecanismos legales para fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandonos, estableciendo un marco común, implicando a los poderes públicos y a la ciudadanía».

Seguros

De momento, en Logroño, solo es obligatorio en los PPP

El anunciado seguro obligatorio de responsabilidad civil para perros no se aplica todavía por la falta de desarrollo de la norma. Por tanto, todo queda, de momento, como estaba hasta ahora, supeditado a las normativas autonómicas y locales. Hay algunas comunidades en las que ya era obligatorio este seguro y en otras, como La Rioja, solo lo era en el caso de perros potencialmente peligrosos (PPP). Para este tipo de perros la ordenanza municipal de Logroño establece que los dueños, además de ser mayores de edad y no poseer antecedentes penales, deben superar un test de aptitud física y psicológica, así como contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros.

Esterilización

Solo es obligatorio esterilizar a los gatos, antes de los 6 meses

Aunque las asociaciones protectoras ya lo hacen, los animales adoptados deberán ser esterilizados. No obstante, en términos generales, la ley no concreta la obligación, solo que persigue el fin de «promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable». Sin embargo, sí se especifica la obligatoriedad de esterilizar a los felinos: «Identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los 6 meses de edad, salvo aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado en el Registro de Criadores de Animales de Compañía».

Curso de formación para dueños

Aún no es necesario formarse para poder tener mascota

Al igual que en el caso de los seguros, ante la ausencia de un decreto que lo especifique, no se puede aplicar porque no se ha detallado el cómo ni el quién. «No es posible aplicarlo porque no se dice ni quién lo debe impartir. Nosotros abogamos por que sea a partir de una formación reglada acorde con el contenido, como los veterinarios, que debemos ser imprescindibles», opina Somalo.

Tiendas de Animales

Los comercios tienen un año de plazo para cesar la venta

Otra fuerte controversia fue la que apuntaba a la extinción de las tiendas de animales, por la prohibición expresa de venderlos. La ley prohibe «la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. Solo podrán venderse desde criadores registrados» pero una disposición transitoria da un plazo de un año para finalizar la actividad de venta de estas especies.

Animal sin supervisión

Prohibido atar a un perro a la entrada de un comercio

Una práctica habitual que sí se prohibe ya es la de dejar atado a un perro, sin supervisión, por ejemplo, en un árbol, una farola o a la entrada de un comercio, que ya hasta disponen de enganches para dejar allí fuera a los perros. La ley prohibe específicamente «mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento», al margen de que, por el bien de animal, por un posible robo o pérdida, no se recomienda hacerlo.

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