Numerosos vehículos en el parking de Valbuena, en Logroño. SONIA TERCERO

Los afectados por el cártel de coches ganan los primeros juicios en La Rioja

El juzgado de lo Mercantil de Logroño ha condenado en seis fallos a Seat, Toyota y Kia a indemnizar a varios clientes por el sobrecoste pagado en la compra de sus coches

Carmen Nevot

Logroño

Miércoles, 26 de abril 2023, 02:00

La justicia riojana ha comenzado a fallar a favor de los afectados por el bautizado como cártel de coches y obliga a varias marcas a indemnizar a sus clientes por el sobrecoste que pagaron por la compra de sus vehículos.

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En concreto, en las ... dos últimas semanas el Juzgado de primera instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño ha dictado seis sentencias en las que reconoce el derecho de otros tantos compradores a percibir en concepto de indemnización el 5% de lo que pagaron por sus coches.

Las cantidades a percibir, en este caso de las marcas Seat, Toyota y Kia, aunque no son las únicas que, según ratificó el Supremo, formaron parte del cártel de coches, deberán pagar cantidades que oscilan entre los 945 y los 1.125 euros.

En los diferentes fallos, tramitados a través del gabinete Perito Judicial Group, el juez se remite a la sanción de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para dar por acreditado que el intercambio de información comercialmente sensible entre varias marcas de automóviles –canje por el que fueron sancionadas– tuvo una incidencia directa sobre los precios de venta finales. «Si bien la conducta no se ha materializado en una fijación explícita de precios o cantidades por parte de los partícipes –apunta la sentencia– no cabe duda de que constituye un intercambio de información periódica, detallada, sensible y estratégica, con identificación de las marcas, sobre márgenes comerciales y política de retribución». Todo ello, prosigue el fallo se traduce en una «significativa restricción de la competencia en la fijación de los precios finales y en la determinación de las condiciones comerciales de los automóviles distribuidos por las respectivas redes de concesionarios, así como de los servicios postventa prestados en ellos».

Las sentencias, que replican los argumentos para dar la razón a los clientes en su derecho de percibir una indemnización por parte de las marcas de coches, también recogen un aspecto sobre el que hubo gran confusión inicial. El juez zanja esta cuestión y fija el 'dies a quo', es decir, la fecha en la que da comienzo el cómputo del plazo de cinco años, el 13 de mayo de 2021, que es el día de la fecha de firmeza de la resolución por la que fueron sancionadas 21 empresas que operaban en el mercado de distribución y comercialización de vehículos a motor por prácticas restrictivas de la competencia.

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En cuanto a la cantidad con la que indemnizar a los compradores, teniendo en cuenta que los informes periciales que presentan los reclamantes contienen «defectos manifiestos», el fallo sigue el criterio de otras resoluciones y del empleado en el cártel de camiones y considera que se debe aplicar un 5% de descuento.

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