María José González
Sábado, 18 de marzo 2017, 01:13
logroño. El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social, en la que se reconoce que veinte trabajadores contratados en la planta de Altadis en Agoncillo realizaron desde agosto del 2014 y hasta el cierre de ... la factoría, en diciembre del 2016, labores como mecánicos de producción y no como ayudantes de mantenimiento. Según informó ayer CCOO de La Rioja, sindicato a través de cuyos servicios jurídicos «reclamó la mayoría de los empleados», la tabaquera deberá abonar en conjunto entre 261.00 y 320.000 euros a estos trabajadores. Además, los ocho que continúan en la empresa en otras factorías de la compañía tras el cierre de la planta riojana verán reconocida su categoría superior y los derechos salariales que conlleva.
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CCOO de La Rioja explicó que, dentro del plan estratégico 2013, Altadis incorporó 62 trabajadores a través de contratos de relevo, «asignándoles una categoría inferior a pesar de realizar las mismas tareas y funciones». La sentencia «establece claramente que, desde el principio de la relación laboral, las funciones de los puestos ocupados por estos empleados rebasaban ampliamente las correspondientes a la categoría que se les asignó, una cuestión que fue avalada por los informes de la Inspección de Trabajo». «Se demuestra así -añadió el sindicato- que Altadis solo pretendía reducir costes salariales y no realizar un verdadero cambio organizativo que garantizara el futuro de la planta, como finalmente ha quedado demostrado». En este sentido, destacó que la sentencia «alude específicamente a la actuación de la empresa en sentido contrario a lo que establecía su plan estratégico: garantizar la eficiencia de un cambio organizativo incorporando a trabajadores cualificados».
CCOO anticipó que «en breve deben resolverse dos recursos más» que afectan a los 42 trabajadores restantes y que, «probablemente, irán en el mismo sentido».
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