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Alberto Gil
Jueves, 8 de enero 2015, 21:03
Las nuevas tarifas del IRPF, con la simplificación de la escala, la reducción al 50% del impuesto de patrimonio (el 100% en el 2016 se supone) o la nueva tributación de dividendos y acciones son, entre otras, algunas de las novedades fiscales del nuevo año. ... Una rebaja fiscal iniciada por el Gobierno central, y completada por la mayoría de autonomías, entre ellas La Rioja. La realidad es que la reforma devuelve prácticamente las cosas a la situación anterior al 2011.
Rebaja del IRPF
Nueva escala y tipos más bajos
El nuevo IRPF establece una base imponible general distribuida en cinco tramos (siete hasta ahora). El tipo mínimo pasa del 24,35% al 19,5% (19% en el 2016) y el máximo, del 51,9% al 47% en el 2015 (45% en el 2016), después de que el Gobierno de La Rioja aprobara una rebaja equivalente al tramo estatal, incluso un 0,5% más amplia para las rentas más bajas, hasta 12.450 euros. La rebaja fiscal será de hasta 603,8 euros de media para este grupo, el 13,59% respecto a este año. Las rentas altas, de 60.000 euros en adelante, ahorrarán entre el 4,91 y el 5,91%. En total, unos 32 millones de ahorro para unos 165.000 contribuyentes.
Patrimonio
Rebaja del 50% y del 100% en el 2016
En este caso ha sido el Gobierno autonómico quien ha aprobado que en el 2015 los declarantes de Patrimonio de La Rioja (exento hasta el 2011) pagarán únicamente el 50% en el 2015 y nada en el 2016. El ahorro fiscal será de unos 6,5 millones de euros para los 2.000 contribuyentes riojanos que pagan y, de otro tanto, en el 2016.
Dividendos y acciones
Un 'golpe' para los accionistas de dividendos
Desaparece la exención para los primeros 1.500 euros cobrados por dividendos, inversiones muy habituales para completar rentas del trabajo y, en muchos casos, de jubilación. Por ejemplo, un inversor que obtenía al año 1.000 euros en dividendos en acciones, recuperaba los 210 de retención en la declaración de la renta (21%). Ahora, pasará a cobrar 800 euros y no recuperará los 200 de la retención.
Otro cambio importante para los inversores es que las ganancias obtenidas en periodos de menos de un año dejan de tributar al tipo marginal, sino al correspondiente según los tramos de la base imponible del ahorro, que serán del 20 al 24%. Es decir, las plusvalías a corto plazo (menos de un año) dejan de estar penalizadas. Asimismo, los mayores de 65 años no tributarán por las plusvalías de la venta de todo tipo de bienes (muebles o inmuebles) siempre que lo reinviertan en una renta vitalicia.
Vivienda
Hasta 400.000 euros con coeficientes de abatimiento
Un asunto polémico de la reforma han sido los denominados coeficientes de abatimiento para viviendas adquiridas antes de 1995, que descuentan el IPC histórico de las plusvalías generadas en una operación de venta. Finalmente, se seguirán aplicando hasta los primeros 400.000 euros de las operaciones de venta. Asimismo, la plusvalía en casos de dación en pago o desahucios queda, por fin, exenta.
Despidos y alquileres
Las indemnizaciones hasta 180.000 euros no tributan
En el caso de los despidos, los primeros 180.000 euros seguirán exentos de tributación, mientras que en indemnizaciones superiores tributará el exceso. También hay cambios en el alquiler: la reducción actual del 60% de exención de las rentas de alquiler para todos los arrendamientos se mantiene, pero se elimina la posibilidad de rebajar hasta el 100% en alquileres a jóvenes menores de 30 años.
Planes de pensiones
Menos, pero con un nuevo instrumento de ahorro
Se limitan a 8.000 euros las aportaciones anuales máximas a planes de pensiones y se establecen ventanas de liquidez a partir de 10 años. La buena noticia es que la reforma crea un nuevo instrumento para favorecer el ahorro a medio y largo plazo y complementario a los planes de pensiones. Los nuevos planes de ahorro 5 se articulan a través de una cuenta bancaria o seguro que garantice la restitución de al menos el 85% de la inversión. Los rendimientos tendrán una exención si la inversión se mantiene al menos cinco años.
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