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cecilia cuerdo
Viernes, 18 de diciembre 2015, 11:53
Los tribunales han dado la razón a los hijos de Isabel Álvarez de Toledo, conocida como 'la duquesa Roja' y consideran que la aristócrata se "excedió notablemente" al traspasar todos sus bienes a una fundación sin concederles la parte establecida por ley para los herederos. ... De esta manera, la Fundación Casa Medina Sidonia deberá devolver más de 33 millones de euros a los tres hijos e incluso a su viuda. La particularidad es que dado que gran parte de los bienes, el Palacio Ducal y el Archivo, forman una unidad indivisible y protegida por su valioso valor cultural, la devolución deberá ser en metálico.
La sentencia, dada a conocer hoy a las partes, lleva más de un mes después de la finalización del juicio. En ella, el juez estima parcialmente las peticiones de los tres hijos de la duquesa para completar la legítima hereditaria. Los descendientes llegaron a alegar en el juicio que su madre había tratado de liquidar las rencillas entre ellos dejándoles sin su parte legalmente estipulada de la herencia, y reclamaron dejar sin valor la operación por la que en 1990 la polémica aristócrata donó la inmensa mayoría de sus bienes a la Fundación Casa Medina Sidonia, que ostenta la titularidad tanto del palacio como del archivo. Dicha fundación está presidida por su viuda, Liliane Dahlmann, con quien Isabel Álvarez de Toledo contrajo matrimonio once horas antes de su muerte en 2008.
La resolución subraya que la Fundación seguirá siendo la titular del conjunto ducal, dados los "serios inconvenientes que la cotitularidad en estos bienes por los demandantes supondría en el gobierno de los mismos", considerados Bienes de Interés Cultura y férreamente protegidos por esta figura. Esta división era uno de los mayores temores de la localidad de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), donde se ubica el conjunto y donde se creó incluso una plataforma para defender que se mantuviera indivisible para evitar su desaparición.
De esta forma, la institución se convierte en deudora de los hijos y la viuda, a los que habrá de abonar hasta 33 millones en diferentes proporciones por la "lesión sufrida en sus derechos sucesorios". Así, recuerda el fallo que los bienes con los que una persona dota una fundación están limitados por las normas que regulan las legítimas de los hijos en el derecho civil, que impiden donar en vida más del tercio de lo que una persona tiene o pudo tener al momento de su fallecimiento si no se hubiera desprendido gratuitamente de parte de sus bienes por encima de ese límite
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