Martes, 30 de mayo 2023, 12:33
Como especifica la LOREG, los presidentes y vocales de las mesas (y suplentes) serán elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria. Esto significa que entre el 24 y el 28 de junio podremos saber si nos ha ... tocado ser miembro de una mesa electoral.
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Tras ser realizado el sorteo, la administración tiene tres días de plazo para informar a los ciudadanos y estos podrán alegar su causa justificada para no acudir a la mesa electora antes de 7 dias. Los motivos de justificación deben ser causas recogidas en la Ley Electoral y, como decimos, tener un viaje no es uno de ellos.
El hecho de no acudir sin causa justificada y reconocida por la Junta electoral, supone una infracción grave. El artículo 143 de la LOREG establece que «el Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses».
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