La nueva normativa que limita a la inflación el máximo que podrá subir el precio de los alquileres será aplicable a los contratos firmados a partir de hoy, miércoles -se inscriban o no en algún registro público-, tras ser publicado en el ... Boletín Oficial del Estado (BOE) el decreto correspondiente. Su contenido, no obstante, es similar al del texto aprobado el pasado 14 de diciembre por el Gobierno, pero que apenas se aplicó 35 días tras ser rechazado finalmente por el Congreso.
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Uno de los principales cambios que se esperaban -en el texto inicial que negoció el Gobierno con Unidos Podemos así figuraba- era la posibilidad de implementar nuevos incentivos fiscales de peso. Pero al final el Ministerio de Fomento dio marcha atrás y renunció a abrir la puerta a que los ayuntamientos pudieran rebajar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los dueños de casas con alquileres más moderados según los precios medios de su zona. Sí habrá una bonificación de hasta el 95% en este tributo para las viviendas (VPO) protegidas en arrendamiento, siempre a criterio de los consistorios.
También se elimina en el IBI la obligación actual a que en los parques de vivienda pública social lo pague el inquilino. Y, además, se libera al alquiler de vivienda habitual de abonar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales.
Se amplía a cinco años la duración inicial de los contratos –siete si el propietario del inmueble es una empresa–, ampliables por otro trienio si no hay renuncia expresa de las partes (cuatro meses antes los dueños y la mitad los inquilinos). Respecto a las revisiones anuales de renta, no podrán rebasar el incremento del IPC anterior, como estaba en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994.
Solo si hubiera mejoras de peso en la casa, «más allá de las obligatorias de conservación» que debe asumir el arrendador, se podría subir más el precio previo pacto entre las partes. Asimismo, se establece un nuevo sistema de índices de referencia que Fomento se compromete a desarrollar en ocho meses, y que «servirá de soporte a posibles medidas de política fiscal».
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Eso sí, en el decreto -que no tendrá efectos retroactivos- se advierte de que aunque las comunidades autónomas podrán elaborar sus propios indicadores de rentas -varias, de hecho, ya los tienen-, ni ellos ni los estatales, y tampoco los que pudieran desarrollar los ayuntamientos, «en ningún caso habilitan a éstos para establecer sistema de regulación» de aquellos precios.
El ministro José Luis Ábalos reconoció este martes que el texto «quizá no satisfaga grandes pretensiones», aunque sí es un «avance». Por eso esperan que sea validado a finales de este mes, donde debería contar con el apoyo de Unidos Podemos, ERC, PDeCAT y PNV.
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Pese a ello, el titular de Fomento respondió con severidad a las críticas vertidas desde la formación que lidera Pablo Iglesias, que llegó a acusar al Ejecutivo de «cobardía política» con este tema. «Es la diferencia entre la socialdemocracia y las posturas maximalistas, pues mientras éstas prefieren quedarse sin nada si no lo consiguen todo -se quejó-, las otras optan por avanzar, poco o mucho, lo que se pueda».
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