En el Ejecutivo son conscientes de que el cambio apresurado de la normativa sobre el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD), que grava la firma de las hipotecas en las notarías, puede generar problemas de constitucionalidad e incluso abrir un nuevo conflicto jurídico si ... la banca optara por explotar esa vía. Por eso no es extraño que de las cuatro hojas que dedicó este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a desarrollar su decreto-ley, aplaudido por la ciudadanía y controvertido por las formas para las entidades financieras y algunos expertos juristas, prácticamente tres las emplea en justificar legalmente esa vía.
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Aunque el artículo 86 de la Carta Magna limita el uso de los decretos-leyes para «no afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos», no es infrecuente que los sucesivos gobiernos abusen de ellos. El Tribunal Constitucional ha reprendido por eso varias veces al Poder Ejecutivo, aunque admite excepciones «siempre que concurra una situación de extraordinaria urgencia que justifique el uso de este instrumento normativo».
A eso se agarra el Gobierno presidido por Pedro Sánchez en su decreto, al sostener que la decisión del Tribunal Supremo de recuperar su jurisprudencia anterior sobre quién debe pagar el citado impuesto hipotecario –hasta octubre era el cliente, luego dijo que la banca y esta semana votó, por la mínima, que volvía a ser el cliente– «ha generado una situación de inseguridad jurídica que afecta al mercado hipotecario en su conjunto». Y por este motivo defiende que era necesario, «con carácter inmediato, fijar de modo preciso un marco» legislativo «estable y claro», a fin de «garantizar a los ciudadanos sus derechos como consumidores» –el AJD les suponía 1.100 millones de euros al año–.
Sostiene el Ejecutivo incluso que estaba «obligado» ante la «indeterminación» en que se encuentra el régimen jurídico aplicable al mercado hipotecario, «cuya importancia socioeconómica es innegable». «Era preciso –insiste– poner fin» a una situación que, a su juicio, es «excepcional» –por la sucesión de pronunciamientos judiciales–, «grave» –por el «gran número» de factores, sujetos e intereses que se ven afectados–, «relevante» –es «palmaria» la importancia de ese tipo de créditos en el tráfico mercantil– e «imprevisible». Y esto último lo dice porque no se esperaba «la sucesión reciente de cambios jurisprudenciales» en esta materia, dando a entender que podrían haberse repetido.
Asimismo, alude a varias sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que permitirían modificaciones parciales de la regulación de un tributo, «si no se afecta al deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos (artículo 31.1 de la Carta Magna). Pero algunos catedráticos de Derecho e inspectores de Hacienda estiman que aquí sí lo hace, argumento que desde los servicios jurídicos de las entidades financieras manejan por si decidieran acudir al TC pidiendo la suspensión, un escenario improbable por ahora.
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Esas mismas resoluciones del TC, referidas a cambios por decreto en los impuestos especiales del alcohol y de determinados medios de transporte, sostenían que ninguno constituye «uno de los pilares básicos o estructurales de nuestro sistema tributario». Por eso su modificación parcial «no repercute sensiblemente en el criterio de reparto de la carga de tributaria entre los contribuyentes». Y para el Gobierno lo mismo se puede decir del tributo sobre actos jurídicos (AJD), cosa que a su juicio no pasaría si fuera, por ejemplo, el IRPF o el IVA.
El texto del decreto publicado el viernes, y que entrará en vigor este sábado, no presenta novedades destacadas. Como ya habían apuntado algunos expertos, al ser una modificación tributaria no puede tener efectos retroactivos y, por tanto, para mayor jurídica se permitirá que la banca pueda deducirse las pérdidas por abonar el gravamen hipotecario dentro de la declaración del impuesto de sociedades de 2018. Eso sí, a partir del 1 de enero ya no podrán aplicarse ese alivio fiscal.
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Asimismo, para mantener el 'statu quo' de exenciones actual, en los préstamos hipotecarios que concedan a una serie de entidades, entre ellas el Estado, la Iglesia, los partidos políticos, las que no tengan fines lucrativos y otros con acuerdos especiales con el Estado –como Cruz Roja y ONCE–, la banca tampoco tendrá que cargar con el impuesto. Y de las autonomías, que tienen transferido este tributo, dependerá si ellas mantienen sus mismas ventajas fiscales que hasta ahora.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, defendió este viernes en un foro ante directivos de la banca –entre ellos el consejero delegado del Santander, José Antonio Álvarez, y el presidente de la Fundación La Caixa, Isidro Fainé– que cargar a este sector el impuesto hipotecario (AJD) supone «creer en la redistribución de la riqueza».
«La democracia también es que no paguen siempre los mismos», enfatizó pese a sostener que «las decisiones judiciales se acatan, gusten o no gusten». Y eso que el Tribunal Supremo dictaminó, esta misma semana, justo lo contrario que el jefe del Ejecutivo acaba de aprobar «en consonancia con las preocupaciones sociales».
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