Los alquileres podrán actualizarse en enero con subidas de hasta el 2,2%, por debajo de la inflación

El INE publica la primera referencia de nuevo índice que marcará las renovaciones anuales de los contratos

Jueves, 2 de enero 2025, 09:23

Propietarios e inquilinos ya saben cuánto podrán encarecerse, como máximo, los alquileres en la renovación anual de los contratos. En concreto, todos aquellos que se actualicen este mes de enero podrán hacerlo hasta un 2,2%, según el nuevo cálculo establecido por el INE y ... que sustituye a la tradicional referencia del IPC.

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La nueva fórmula empleada por la institución implica que la subida máxima en las renovaciones será inferior a la inflación, por debajo del 2,4% que marcó en noviembre -el mes de referencia para esta actualización de las rentas, pues es el dato consolidado más actualizado- y también por debajo del 2,8% de diciembre, que será el que se utilice para el cálculo de febrero.

Este es, precisamente, uno de los grandes objetivos del mecanismo que se puso en marcha con la Ley de Vivienda, pero que no ha empezado a aplicar hasta este nuevo ejercicio, tras meses de análisis para elaborar el índice por parte del INE.

En concreto, y tal y como se anunció a finales de diciembre, las renovaciones de cada año se realizarán teniendo en cuenta la más baja de estas tres referencias: la variación anual del IPC, la variación anual de la tasa subyacente y la denominada tasa de variación anual media ajustada (la nueva fórmula del INE) basada en un cálculo matemático que incluye coeficientes reductores cuando las subidas resultantes superen el 2%, como ha sido el caso de enero.

Para un cálculo más sencillo, el Ministerio ha puesto en marcha una una herramienta web para que arrendadores y arrendatarios calculen cómo se actualiza la renta del alquiler. «Los resultados de este simulador tienen carácter informativo y de apoyo, siendo aplicables siempre y cuando sean introducidos correctamente los datos de cada contrato de arrendamiento», matizan desde Vivienda.

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La idea de la administración es que, bajo este nuevo cálculo, se logre evitar «incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento», tras dos años muy convulsos en los que el IPC ha llegado a superar el 10% en los momentos más tensos de la crisis.

Uno de los detalles más importantes de la norma es que este nuevo índice de referencia solo se aplicará a partir del 1 de enero de 2025 a los contratos firmados una vez entrada en vigor la nueva Ley de Vivienda. Es decir, a aquellos firmados a partir del 25 de mayo de 2023. El resto de contratos de arrendamiento tomarían así como referencia la actualización el IPC, como hasta ahora.

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Según los expertos consultados, esta decisión puede suponer un gesto del Gobierno hacia los propietarios, que este año 2024 ya vieron limitada de manera extraordinaria al 3% la actualización de la renta anual de los contratos de alquiler por el paquete de medidas contra la crisis inflacionista.

De hecho, el Ejecutivo ya limitó a través de un Real Decreto-Ley la actualización anual de los contratos para 2022 y 2023 en función del Índice de Garantía de Competitividad, topado al 2%. Aunque cabe recordar que antes de aplicar el límite, prima el acuerdo entre el arrendador y el arrendatario. En todo caso, el nuevo índice llega cuando ya han expirado los topes temporales aplicados a las actualizaciones de alquileres.

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De hecho, desde el sector se han mostrado críticos con la medida, advirtiendo que «este nuevo índice podría desalentar propietarios a poner viviendas en alquiler, ya que las limitaciones que se están imponiendo en las actualizaciones de rentas están teniendo ese efecto», tal y como recuerda el portal inmobiliario Pisos.com.

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