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SERGIO LORENZO
Martes, 22 de noviembre 2022, 13:23
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado el despido disciplinario a la gerente de una oficina en Cáceres de una empresa multinacional. El motivo del despido es porque estaba de baja, en una situación de incapacidad temporal, y utilizaba la tarjeta 'Solred' ... que la empresa había puesto a su disposición para realizar recargas de combustible para desempeñar su trabajo. Según la normativa interna de la empresa, esa tarjeta solamente podía utilizarla la trabajadora para labores profesionales.
La empresa tuvo conocimiento de que estaba utilizando la tarjeta estando de baja, con ocasión de una auditoria interna el 3 de mayo de 2019 y el despido se le comunicó el 21 de junio de 2019.
Ella recurrió el despido en el Juzgado de lo Social número 2 de Cáceres, perdió y acudió a un órgano judicial superior, a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que el 14 de octubre de 2021 desestimó su recurso, confirmando el despido disciplinario.
Ante este revés, su abogado acudió a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Presentó un recurso de casación para la unificación de doctrina. Aseguraba que su despido debía ser anulado porque había un caso similar, según el abogado, y el trabajador recuperó su puesto de trabajo.
La exgerente aseguraba que desde que la empresa conoció que usaba la tarjeta hasta que la despidieron, habían pasado varios meses y la sanción del despido había prescrito.
Su abogado señaló el caso del despido del gestor de una sucursal del banco Sabadell, al que se le echó el 11 de abril de 2019 por operaciones incorrectas en cuentas. En primera instancia perdió, pero al recurrir se anuló su despido porque había prescrito, ya que se descubrió que el Banco había conocido la actividad irregular de la cuenta desde el primer momento, y habían pasado más de 60 días cuando se le notificó la carta de despido.
En el caso de Cáceres la trabajadora aseguraba que la empresa tenía conocimiento diario del uso de la tarjeta a través del departamento de efectividad comercial. La Sala de lo Social del Supremo no anula el despido, ya que el órgano de la empresa facultado para sancionar tiene conocimiento el 3 de mayo de 2019, y el despido fue el 21 de junio de 2019, antes de haber transcurrido dos meses.
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