El Gobierno ha elevado del 20% al 30% de la jornada laboral la exigencia para considerar que el teletrabajo está establecido de manera regular en una empresa y sea de aplicación el texto que prepara. Así lo recoge el último borrador de la ley que ... el Ministerio de Trabajo ha hecho llegar a los agentes sociales.
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La modificación se ha encontrado con el resquemor de UGT, que considera que «deja fuera de la protección de la ley a un número importante de trabajadores que desarrollan trabajo a distancia». Este sindicato defiende que ese aumento del porcentaje del 20% al 30% de la jornada «sólo debería producirse en casos excepcionales y durante un periodo de tiempo limitado y siempre que existiera acuerdo con la representación de los trabajadores».
Este incremento de la jornada laboral -de un día a un día y medio- que se ha desarrollar telemáticamente para que en una empresa sea de aplicación la nueva ley que el Gobierno quiere aprobar cuanto antes respondía a una exigencia de la CEOE, sin la cual no daría su respaldo al texto legal.
La norma mantiene respecto a otras versiones que la modificación del porcentaje de presencialidad sólo podrá realizarse si concurre la voluntariedad tanto de la persona trabajadora afectada como por parte de la empresa.
La regulación también contempla que la negativa de una persona a trabajar a distancia; el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial; o su falta de adaptación o la «ineptitud sobrevenida» cuando estén vinculadas a esta fórmula de ejecución del trabajo «no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
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Además del porcentaje de la jornada laboral desarrollada de forma telemática, otra cuestión espinosa en la negociación -sobre todo entre Trabajo y los sindicatos- de la nueva ley es si ha de amparar a los trabajadores públicos, o no. Y, al menos de acuerdo con el último borrador, la situación continúa sin cambios: «Las previsiones contenidas en la presente ley no serán de aplicación al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, que se regirá en esta materia por su normativa específica», reza en su disposición adicional segunda.
Ante esta circunstancia, los sindicatos han planteado la convocatoria urgente de la Mesa General de negociación de la Administración Pública para determinar en un máximo de un mes las condiciones de trabajo del personal de la Administración que teletrabaja.
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