Estrasburgo se ha vuelto a pronunciar de nuevo sobre el despido en España, sobre si es demasiado barato y viola el derecho comunitario, tal y como advierten los sindicatos. El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha tomado ya una decisión sobre la denuncia presentada ... por CC OO hace ya más de dos años por el bajo coste del despido improcedente que establece la legislación nacional, aunque aún no se lo ha notificado a la organización liderada por Unai Sordo, algo que previsiblemente hará en enero.
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Fue en su última reunión plenaria celebrada la semana pasada cuando el organismo decidió sobre el fondo de la reclamación colectiva que desde CC OO presentaron el 18 de noviembre de 2022, tal y como informó este jueves el Comité. Sin embargo, para conocer el sentido de su resolución, habrá que esperar cuatro meses, puesto que el CEDS transmitirá la decisión al comité de ministros en enero y previsiblemente la hará pública en mayo.
No obstante, Estrasburgo ya resolvió a favor de una reclamación muy similar presentada unos meses antes por UGT y abrió la puerta a encarecer el despido improcedente en España y elevar la indemnización actual de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, así como se mostró a favor de establecer una compensación a la carta que repare el daño del trabajador en función de sus condiciones personales, como la edad, los años en la empresa, el sexo, la formación.
En su denuncia, CC OO alegó que el despido en España vulnera el artículo 24 de la Carta Social Europea, que el Gobierno español suscribió en el año 2000 y se comprometió a cumplir recientemente, con el argumento de que la legislación vigente en relación al despido improcedente «ni protege ni repara adecuadamente a las personas trabajadoras, ni tampoco ejerce una función disuasoria sobre las empresas y, por tanto, no cumple con la Carta Social Europea revisada».
El sindicato considera que se ha de posibilitar el reconocimiento de una indemnización adicional vinculada al «daño real sufrido» y que no se limite al pago de los 33 días por año de servicio establecidos en la legislación laboral, en particular, cuando existen otros daños específicos, o se ha incurrido en abusos reiterados en la contratación temporal celebrados en fraude de ley, «especialmente respecto de los trabajadores con contratos temporales en las administraciones públicas, pues perciben una indemnización inferior a la prevista en los casos de despido improcedente», señala el organismo con sede en Estrasburgo.
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Además, la denuncia señala que se ha de establecer una cuantía mínima indemnizatoria, «accesible y efectiva» que tenga un efecto disuasorio para los empleadores y garantice una reparación adecuada de los trabajadores con contrato de muy corta duración.
Al mismo tiempo, CC OO exige el restablecimiento de los salarios de tramitación, suprimidos por la reforma laboral de 2012, y la posibilidad de que el órgano judicial pueda imponer la readmisión obligatoria como reparación adecuada en determinados casos de despido abusivo o fraudulento.
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