Era un secreto a voces en estos últimos cuatro meses pero ya es oficial. El Comité Europeo de Derechos Sociales da la razón a UGT y resuelve que España incumple la Carta Social Europea y su despido contraviene el derecho comunitario por no cumplir ... con la obligación de dar una compensación adecuada cuando el cese es injustificado. En definitiva, que despedir injustamente sale barato a los empresarios.
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«Existe una violación del artículo 24.b de la Carta europea», concluye este comité con sede en Estrasburgo por trece votos a favor y uno en contra en una resolución publicada este lunes a la que ha tenido acceso este periódico. Lo hace en respuesta a una demanda presentada por UGT en marzo de 2022 en la que denunciaba que el despido improcedente en España no resarce del perjuicio sufrido por el afectado ni tiene un efecto disuasorio para los empresarios. El sindicato denuncia que el trabajador «solo» tiene derecho a una indemnización automática por ley que establece un límite máximo –fijado en 33 días por año trabajado y con un máximo de 24 mensualidades (siempre que el empleador no escoja readmitir al trabajador)–, por lo que «no tiene en cuenta el daño real sufrido».
Y así lo estima también Estrasburgo. Concretamente, el comité considera que «los límites máximos fijados por la legislación española no son lo suficientemente elevados para reparar el daño sufrido por la víctima en todos los casos y para disuadir al empleador». Es más, señala que la indemnización predeterminada «puede servir más bien como un incentivo para que el empleador despida a los trabajadores de manera injusta». En este sentido, avisa de que, en ciertos casos, los límites máximos de indemnización «podrían inducir a los empleadores a realizar una estimación pragmática de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un análisis de costes y beneficios, lo que, en algunas situaciones, podría fomentar despidos improcedentes».
Por consiguiente, el comité considera que el derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada en el sentido que determina la Carta Social Europea «no está suficientemente garantizado».
Estrasburgo ya ha se ha pronunciado a favor de reformar el despido en España para elevarlo –al igual que resolvió para Francia, Italia y Finlandia– pero ahora la pelota está en el tejado del Gobierno. No se trata de una sentencia que haya que cumplir obligatoriamente, como sucede con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cuyos fallos sí son vinculantes, sino que son decisiones, resoluciones que quedan a expensas de su ejecución. Pero el Gobierno español ratifico en 2021 la Carta Social Europea y se comprometió a cumplirla en su acuerdo de legislatura.
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Sin embargo, dentro del propio Ejecutivo no hay una posición única y común. Mientras la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, se comprometió de nuevo este lunes a «tocar» el despido (de la mano de los agentes sociales), elevar la indemnización y que esta sea 'a la carta', en función de la situación personal del afectado, la parte socialista niega que exista esta violación de la Carta Social Europea, tal y como sostuvo en su escrito de alegaciones. Argumenta para ello que el sistema español libera a los trabajadores de la carga de probar los daños reales sufridos y que ofrece certidumbre tanto a los trabajadores como a los empleadores.
Además, asegura que la cuantía de la indemnización, en contra de lo que sostiene UGT y resuelve ahora Estrasburgo, es «suficientemente disuasoria» –lo que vicepresidenta niega– y que los cambios recientes en la jurisprudencia nacional demuestran que se puede conceder a un trabajador una indemnización adicional en ciertos casos excepcionales.
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Es más, el Ejecutivo de Pedro Sánchez se defiende con dos argumentos contrarios a fijar indemnizaciones a la carta por las que sí aboga Díaz: el primero es que si se tuvieran en cuenta factores subjetivos, el despido se encarecería y, sin duda, afectaría a las decisiones de contratación de los empresarios. El segundo, advierte de que si la indemnización tiene que determinarse caso por caso, algunas personas pertenecientes a grupos vulnerables pueden ser objeto de discriminación a la hora de decidir si emplearlos.
A la vista de estas discrepancias, será otra negociación larga y complicada, si finalmente se decide llevar a cabo.
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