Amparo Estrada
Miércoles, 11 de febrero 2015, 02:00
Casi el 70% de las empresas en España utilizaron el año pasado las redes sociales para reclutar candidatos y el 76% de los candidatos buscó empleo a través de ellas, según el 'III Informe Infoempleo-Adecco sobre Redes Sociales y Mercado de Trabajo'. Linkedin se ... mantiene como la red social más idónea para encontrar empleo y logra casi un 80% de aceptación entre los candidatos; le siguen a bastante distancia Facebook (46%) y Twitter (37%). Linkedin es también, según este estudio, la red social predilecta donde comunicar que se está buscando empleo. Los departamentos de Recursos Humanos de las empresas se han dado cuenta de la importancia de las redes sociales y han aumentado en veinte puntos porcentuales el porcentaje de empresas que las utilizan -han pasado del 49% en 2011 al 69% en 2014-. Además, el 79% de las empresas encuestadas considera que el candidato activo en redes sociales tiene más oportunidades laborales que el inactivo.
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No obstante, hay que saber utilizar las redes sociales . Un tercio de las empresas que han participado en el estudio asegura haber rechazado a un candidato por este motivo. Los perfiles en redes sociales más consultados por las compañías son Linkedin (78%), Facebook (67%) y Twitter (41%).
Las redes sociales , especialmente Facebook, también se convierten en chivatos de la situación real del trabajador. Se han dado numerosos casos en que el empleado cuelga imágenes suyas en Facebook en una fiesta o divirtiéndose cuando está de baja por enfermedad. Los tribunales no dudan en estos casos. El Tribunal Superior de Madrid, en sentencia de 23 de enero de 2012, declaró procedente el despido de un trabajador que se encontraba en de baja por depresión, por transgresión de la buena fe, tras descubrirse por unas fotos publicadas en Facebook que el empleado realizaba salidas nocturnas y consumía alcohol.
Otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 16 de noviembre de 2012 también consideró procedente el despido de un trabajador que servía copas en un local nocturno de un familiar y realizaba viajes -se descubrió por sus imágenes en redes sociales - cuando estaba de baja por depresión. El Tribunal Supremo,en sentencia de 14 de junio del 2013, declaró procedente el despido de una trabajadora que, un día después de tener la incapacidad laboral transitoria por una supuesta contractura cervical, viajó en avión y estuvo con unas amigas en un parque de atracciones; ella misma colgó en Facebook las fotos.
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