El último Consejo de Ministros del año ha traído cambios para los pensionistas, cuyas nóminas subirán entre un 2,8% y un 9% en enero, y también para aquellos trabajadores que quieren compaginar su empleo con el cobro de una pensión, ya que el Gobierno, ... cinco meses después de alcanzar un acuerdo con los sindicatos y la patronal, aprobó este lunes las nuevas reglas para la jubilación parcial y activa que culminan la reforma de las pensiones iniciada en 2021 por José Luis Escrivá y que entrarán en vigor el 1 de abril de 2025. Eso sí, antes la nueva ley deberá recibir el visto bueno del Congreso, donde no se han atado aún los apoyos necesarios, en vista de las reticencias manifestadas por algunos de los socios habituales del Ejecutivo, como Podemos, Bildu o ERC.
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Finalmente el real decreto aprobado no recoge ningún tipo de endurecimiento de estas modalidades de jubilación que permiten combinarla con un empleo –como así se pretendía en un principio–, sino todo lo contrario: son mejoras encaminadas a que los trabajadores vayan saliendo del mercado laboral de una forma gradual y flexible, como ocurre en muchos países europeos.
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Así, a partir del próximo 1 de abril los trabajadores de cualquier sector, no solo los de la industria manufacturera, podrán jubilarse de forma parcial hasta tres años antes de la edad ordinaria de retiro (un año antes que ahora), lo que les permitirá acceder a partir de los 62 años y con 33 cotizados. Además, mejoran las condiciones del trabajador relevista, que tendrá que tener un contrato indefinido y a tiempo completo y deberá mantenerse durante al menos dos años después de la extinción de la jubilación parcial. Además, podrán formar parte del proceso de relevo los trabajadores fijos discontinuos que haya en la empresa.
El único pero es que durante el primer año la reducción de jornada del jubilado se reduce y deberá oscilar entre un mínimo del 20% y un máximo del 30% (frente a la horquilla actual de entre el 25% y el 50%).
A su vez, los trabajadores de la industria manufacturera podrán mantener sus actuales ventajas de jubilarse de forma parcial a partir de los 61 años hasta finales de 2029, aunque con algunos ajustes para mejorar las condiciones del relevista.
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De igual manera, se facilita la jubilación activa al eliminar el requisito de exigir una carrera completa de cotización y, asimismo, esta modalidad de retiro se hace compatible con los incentivos de demora, que además se pagarán cada seis meses a partir del segundo año de retraso del retiro, por lo que no habrá que trabajar todo un año completo para poder recibir dicho premio como sucede ahora. La cuantía de la pensión de los trabajadores que decidan jubilarse activamente oscilará entre el 45% de su prestación a partir de un año de demora y el 100% a partir del quinto. Además, el porcentaje de la pensión se irá incrementando 5 puntos porcentuales por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida, sin que, en ningún caso, se supere el 100% de la pensión.
Por otra parte, se mejoran las condiciones de acceso a las pensiones y la cuantía de las mismas de las personas con contratos fijos discontinuos. Para estos trabajadores se multiplicará cada día trabajado por 1,5 a efectos de cotización.
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