Las Sicav han servido desde la anterior crisis como arma arrojadiza entre los partidos políticos para tratar la cuestión de los impuestos que pagan las grandes fortunas. Asociadas históricamente a los inversores con mayor patrimonio, cuentan con un régimen fiscal por el que pagan un 1% por los beneficios generados frente al tipo impositivo general del 25% del Impuesto de Sociedades. Además, gozan del diferimiento fiscal, esto es, no tienen que declarar los beneficios, si los hay, hasta que no se produce la venta de las acciones de la sociedad. Es lo mismo que ocurre con un fondo de inversión. Cuando se materializa esa venta, se abona un tipo en el IRPF de entre el 19% y el 23%, dependiendo de la base imponible del ahorro correspondiente.
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El punto del acuerdo PSOE-Unidas Podemos de Gobierno de coalición apunta que «se establecerán requisitos adicionales para la aplicación por las Sicav del tipo impositivo reducido tendentes a asegurar su carácter de instrumento de inversión colectiva, por ejemplo, estableciendo un tope de concentración de capital en manos de un mismo inversor (incluyendo la participación de personas físicas o jurídicas vinculadas)». Además, dotará a la Agencia Tributaria «la competencia para declarar a efectos exclusivamente tributarios el incumplimiento de los requisitos establecidos para las Sicav en la normativa financiera».
La de los 'mariachis' es otra de las cuestiones que más ha planeado sobre el régimen de las Sicav. La normativa española mantiene el requisito –como la ley portuguesa, dos excepciones en el ámbito comunitario– de que cada sociedad debe tener al menos 100 accionistas. Así se estableció para aunar las inversiones de grupos de inversores. Sin embargo, algunos partidos critican que en una parte de las Sicav, prevalece el liderazgo de un socio y los otros 99 aparecen como meros figurantes, para así beneficiarse del régimen jurídico y fiscal de la Sicav.
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Hasta ahora es la CNMV el organismo que decide si una sociedad podía inscribirse en el Registro de Entidades de Inversión Colectiva. Los inspectores de Hacienda consideraron que las Sicav con un socio dominante no eran en realidad sociedades de inversión colectiva y que por tanto, debían tributar como el resto de los mortales. La Audiencia Nacional no les dio la razón y mantiene la competencia en el regulador bursátil. Eso sí, a la espera de un cambio en la normativa que impulse el Gobierno, como plantea en su acuerdo de coalición.
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