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El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, seguirá investigado en el 'caso Villarejo' de la Audiencia Nacional. Por segunda vez en menos de un mes, el juez instructor Manuel García Castellón ha rechazado el archivo de su causa al considerar que existen indicios de que ... la iniciativa de contratar al Grupo Cenyt, la empresa de seguridad del comisario José Manuel Villarejo, «tuvo que partir» del máximo responsable de la compañía energética.
En un auto conocido este viernes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número seis explica que de estos indicios también se desprende de forma provisional que Galán fue informado «con detalle» de los resultados de las gestiones de Cenyt, alguno de los cuales conllevaron datos «difícilmente obtenibles» de no haber mediado la intervención de funcionarios públicos. Esto es, la participación de policías para las tareas de seguimientos, vigilancia y monitorización de las comunicaciones privadas de aquellos objetivos marcados por el comisario Villarejo.
García Castellón recuerda al presidente de Iberdrola que estas fuentes de prueba, como la declaración aportada a la causa por el exdirectivo de la compañía José Antonio del Olmo -principal denunciante en el procedimiento-, ya fueron desgranadas en el auto de imputación de junio de 2021. Asimismo, añade que la comparecencia de Galán en el juzgado el pasado 18 de enero «no ha desvirtuado estos indicios», por lo que debe mantenerse su imputación por los delitos de cohecho, contra la intimidad y falsedad documental.
La resolución que rechaza la petición de archivo señala, además, que Galán alega de nuevo, como ya hiciera en anteriores recursos, que los hechos estarían prescritos. Dice el juez que llama la atención que la defensa del investigado argumente este motivo cuando ha dictado dos resoluciones en las que se hace mención expresa «a la falta de aplicación del caso concreto» del instituto de la prescripción, argumento igualmente desestimado por la Sala de lo Penal (instancia superior al juzgado).
La única noticia positiva para Galán es que el juez, por vez primera, admite que entre los hechos investigados desde finales de 2019 «no hay ningún documento, escrito, audio o imagen que acredite directamente que Villarejo fue contratado por orden suya, o que evidencie de forma inequívoca que supiera que tenía este la condición de comisario en activo al ser contratado».
En el caso de los tres exdirectivos investigados junto a Galán en la pieza separada número 21 del 'caso Villarejo': Fernando Becker, Rafael Orbegozo y Francisco Martínez Córcoles, el magistrado explica que «no existen indicios sonoros, de imagen o documentales» que permitan sustentar que la iniciativa para la contratación de Villarejo por parte de Iberdrola partió de ellos.
Añade que la vista de las diligencias practicadas, «mantener su imputación sería contrario al principio de culpabilidad (no hay indicios de dolo o culpa) y la presunción de inocencia (no existe indicio alguno tras las diligencias practicadas ni de la posición de dominio del hecho, ni de funciones concretas de supervisión y control de los hechos investigados, ni de su conocimiento», tal y como establece la doctrina del Tribunal Supremo, concluye García Castellón.
Los trabajos que Iberdrola habría encargado entre 2004 y 2017 al grupo empresarial de Villarejo por 1,13 millones de euros se refieren a «proyectos de seguridad» sobre Manuel Pizarro (Endesa), Florentino Pérez (ACS) o el desarrollo de centrales energéticas en España y Rumanía
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