El nuevo año 2025 llega con una importante novedad fiscal para quienes tengan dinero ahorrado en planes de pensiones particulares. Hasta ahora, el rescate de este tipo de productos de inversión solo estaba permitido en determinadas circunstancias muy estrictas (la propia jubilación, así como cese ... de actividad, fallecimiento, enfermedad grave o dependencia severa). Sin embargo, a partir de enero, se habilita la posibilidad de que los partícipes de estos fondos puedan retirar parte de esos ahorros depositados en planes de pensiones, siempre que correspondan a las aportaciones realizadas con más de 10 años de antigüedad.
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Esto significa que, si un ciudadano tiene un plan de pensiones con aportaciones realizadas antes de 2015, podrá recuperar ese dinero sin necesidad de cumplir los requisitos excepcionales que hasta ahora limitaban el rescate de estos ahorros. Y así ocurrirá sucesivamente en 2026, cuando se podrán reintegrar las aportaciones realizadas hasta 2016; en 2027 las de diez años antes... Fue el ministro del PP, Cristóbal Montoro, quien aprobó este nuevo régimen para dinamizar el ahorro en planes de pensiones.
Esta ventaja financiera -que ya aplicaba el sistema de planes de pensiones en el País Vasco, las denominadas EPSV- tiene una 'cara b' con impacto tributario. Porque el dinero que se pueda rescatar de forma voluntaria por parte del contribuyente tiene que pasar sí o sí por la caja de Hacienda. Y lo hace en forma de renta del trabajo, con el correspondiente gravamen fiscal que se encuentra situado entre el 19% y el 47%, dependiendo de los ingresos anuales del contribuyente y de la región donde viva. En este punto es cuando influye, en su tributación, la manera de rescatar el plan de pensiones.
Si se opta por un rescate en forma de capital, habrá que sumar a los rendimientos de ese año contable todo el capital rescatado, lo que aumentará, y mucho, la base imponible del IRPF. Si el afectado fuese a declarar 25.000 euros y, además, tiene en el plan de pensiones un fondo de 80.000 euros que decide rescatar de una sola vez, su base imponible ascenderá a los 105.000 euros. De este modo pasará de una fiscalidad del 30% a tributar en el tramo del 45%.
Por otra parte, si se jubiló en el año 2022, dispondrá hasta final de este año para rescatar todo o parte del plan de pensiones en forma de capital y tener derecho a la reducción del 40% sobre el importe de la prestación correspondiente a las aportaciones realizadas con anterioridad al año 2007. Además, si se ha jubilado en 2024 podrá rescatar aplicando la reducción hasta 31 de diciembre de 2026.
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