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Quedan pocas semanas para acabar el año y es el momento de repasar si se puede reducir el pago a Hacienda en la declaración que se presente el año que viene. Conocer y comprender qué impuestos pagamos es fundamental para organizar las finanzas y el ... patrimonio. Aunque la fiscalidad no debería marcar las decisiones financieras, hay que mirar si es posible minimizar el impacto fiscal, señalan desde Abante Asesores. En el caso del IRPF estas son algunas de las vías para ajustar la factura fiscal.
Planes de pensiones
Sigue siendo una de las vías más utilizadas por los contribuyentes, aunque ha perdido atractivo al reducirse el límite en las aportaciones que se puede deducir a 1.500 euros en planes individuales. Esta cifra puede incrementarse en 8.500 euros con los planes colectivos o de empresa y entre ambas aportaciones alcanzar la cifra de 10.000 euros. Para alcanzar esta cifra también puede aportar el trabajador.
En el caso de los autónomos pueden realizar la aportación de 1.500 euros y complementarlo a través de un plan de pensiones de empleo simplificado con aportaciones de hasta 4.250 euros; en total, 5.750 euros. También se pueden hacer aportaciones al plan de pensiones de un familiar.
El beneficio fiscal de los planes de pensiones depende del tipo marginal que tenga el contribuyente, puesto que las aportaciones reducen la base imponible hasta el límite fijado. Por ejemplo, una aportación de 1.500 euros a un contribuyente con tipo marginal del 19% le baja la factura fiscal en 285 euros, pero con un marginal del 47% el beneficio fiscal se eleva a 705 euros.
Rescate del plan de pensiones
Si se jubiló en 2021 tiene solo hasta fin de año para decidir si rescata todo o parte del plan de pensiones y tener derecho a la reducción del 40%. Si es titular de varios planes de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 podrá beneficiarse en más de un ejercicio fiscal de la reducción del 40%, por lo que puede aprovechar el periodo de tres años para rescatar poco a poco los distintos planes de pensiones por jubilación y minimizar la factura fiscal.
Amortizar hipoteca
Si la vivienda habitual se adquirió antes del 1 de enero de 2013, se puede deducir un 15% de lo aportado anualmente sobre un máximo de 9.040 euros (la deducción máxima, por tanto, es de 1.356 euros). Si lo que se abona por hipoteca es inferior a esos 9.040 euros y no tiene comisión por cancelación anticipada se puede plantear amortizar parte de la hipoteca para llegar a ese límite y deducir más.
Por ejemplo, como explican en Abante Asesores, una persona cuya cuota íntegra asciende a 20.000 euros y paga 5.000 euros de hipoteca, con lo que se deduce 750 euros; si amortiza anticipadamente 4.040 euros para llegar al límite se deduciría otros 606 euros hasta la deducción máxima conjunta de 1.356 euros.
Donativos
De los donativos realizados a las fundaciones previstas en la ley se puede deducir un 80% de los primeros 150 euros y un 35% sobre el resto de lo donado. Además, si en dos ejercicios inmediatos anteriores se hubieran realizado donaciones en favor de una misma entidad y se iguala o supera el importe el porcentaje a deducir por lo que exceda de 150 euros será el 40% en lugar del 35%.
Coche eléctrico
Este año se ha introducido una nueva deducción del 15% , con una base máxima de 20.000 euros, si se compra un vehículo eléctrico enchufable nuevo entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. También hay una deducción del 15% con una base máxima de 4.000 euros por la instalación del sistema de recarga de batería.
Retribución en especie
De cara al año que viene, puede plantear a su empresa cambiar parte de la retribución monetaria por otra en especie que no tribute; por ejemplo, el cheque-transporte, el cheque-restaurante o el seguro médico que paga la empresa, explican desde el Consejo General de Economistas-REAF asesores fiscales.
Alquiler de vivienda
Si dispone de una vivienda alquilada como vivienda habitual del inquilino podrá deducir entre un 20% y un 60% de las cantidades abonadas por obras realizadas para reducir el consumo de energía o aumenten la eficiencia energética de la vivienda, por ejemplo, cambio de ventanas o instalación de placas solares.
Compensar pérdidas con ganancias
La ley permite compensar determinadas ganancias patrimoniales con pérdidas procedentes de la venta de inmuebles, fondos o acciones, con lo que solo se tributa por la diferencia. Las minusvalías se pueden compensar en los cuatro años siguientes, por lo que 2023 es el último año para los rendimientos negativos generados en 2019.
Vender a los 65 años
Desde el REAF explican que si se está próximo a cumplir los 65 años y se desea vender la vivienda habitual, es mejor esperar a cumplir esa edad porque en ese caso la plusvalía que se pueda generar no tributa. Y si lo que se transmite es otro bien patrimonial, tampoco se tributará por la ganancia obtenida si se destina a constituir una renta vitalicia asegurada, con un límite máximo de 240.000 euros, antes de que transcurran seis meses desde la venta.
Las empresas también pueden optimizar su declaración fiscal. Empezando por el tipo impositivo: A partir del 1 de enero de este año hay un tipo de gravamen reducido del 23% para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros. Si su cifra de negocios está próxima a rebasar el millón de euros podría posponer ventas para beneficiarse del tipo del 23%.
Si es el primer año en que una nueva sociedad obtiene beneficios disfruta del tipo reducido del 15%, por lo que probablemente no le interese compensar bases imponibles negativas de ejercicios anteriores pendientes sino que sería mejor esperar a compensarlas cuando tenga que aplicar el tipo general del impuesto, explican desde el Consejo General de Economistas-REAF asesores fiscales.
Para empresas en general, si duda entre aplicar la reducción por reserva de capitalización o compensar bases imponibles negativas pendientes, puede ser más interesante aplicar la reserva y dejar para más adelante la compensación de bases negativas porque para estas no existe límite temporal para su aplicación.
También puede amortizar libremente elementos del inmovilizado material nuevo con valor inferior a 300 euros, aunque con el límite máximo anual de 25.000 euros. Por otro lado, instalar placas fotovoltaicas permite amortizar libremente hasta 500.000 euros si la inversión entra en funcionamiento en 2023.
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