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REDACCIÓN
Viernes, 8 de mayo 2015, 14:07
A la hora de realizar la Declaración de la Renta, el contribuyente tiene que tener en cuenta que algunas rentas que recibe de manera periódica o en un único pago no tributan. Repasamos cuáles son:
Indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales. ... Están exentas si cubren daños físicos, psíquicos o morales y siempre que su cuantía se encuentre legal o judicialmente reconocida. En el caso de indemnizaciones por accidente de circulación se estará a las cuantías fijadas en el Texto Refundido de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. No es de aplicación la exención a la indemnización fijada por una empresa por un acuerdo extrajudicial.
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