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Frederic Mazella, fundador de BlaBlaCar.
BlaBlaCar le gana el pulso a la Confederación de Autobuses

BlaBlaCar le gana el pulso a la Confederación de Autobuses

Un juzgado mercantil rechaza que haya competencia desleal porque la plataforma se centra en el transporte privado

Mateo Balín

Viernes, 3 de febrero 2017, 13:19

El titular del Juzgado de lo Mercantil número dos de Madrid ha desestimado la demanda por competencia desleal que presentó la Confederación Española de Transporte en Autobús-Confebús contra Comuto Iberia S. L. y Comuto S. A., titulares de la plataforma Blablacar.

El juez Andrés ... Sánchez Magro entiende que tras las pruebas practicadas y "salvo desviaciones excepcionales que tampoco supondrían una evidencia clara de que BlaBlaCar es una sociedad que realiza labores de transportes de viajeros, queda probado al criterio de este tribunal que esta plataforma realiza una actividad ajena a la regulada por la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre (LOTT), pues poner en contacto a particulares con más o menos requisitos, con un control de pagos, con una crítica de las personas intervinientes sobre retrasos o sobre la calidad de otros servicios no es una actividad sujeta" a esta ordenación. En la sentencia, el magistrado afirma que "sin ninguna duda BlaBlaCar ha generado una plataforma, no para organizar el transporte, sino para poner en contacto a particulares que quieren realizar un viaje juntos y compartir determinados gastos" y que para "dar calidad al servicio de contacto ha puesto unos márgenes y unos límites y un formato de actuación, que en modo alguno es obligatorio para quien lo usa o para quienes prestan una plaza en su coche para realizar el trayecto".

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