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Lunes, 13 de julio 2015, 10:53
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha ordenado a Coca-Cola Iberian Partners que en el plazo de tres días reponga a los empleados en sus puestos de trabajo después de que el Tribunal Supremo anulara de forma parcial el ERE.
Además, ... exige a la embotelladora a que en el mismo plazo precise antigüedad, categoría, salario y "demás condiciones con las que pretenda readmitir a los trabajadores", así como que individualice y cuantifique el importe de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha prevista para la reincorporación.
En un auto, la Sala de lo Contencioso ha acordado esta medida a instancia de distintos sindicatos y una vez recibida la sentencia del Supremo del pasado 20 de abril por la que se confirmó otra de la Audiencia Nacional, de junio del año pasado, en la que se declaró nulo el despido colectivo y ordenó a la compañía de bebidas a reincorporar a los trabajadores en sus puestos.
Los magistrados señalan que "en el presente procedimiento concurre la existencia de un título ejecutivo, una sentencia dictada en el procedimiento de despido colectivo declarada nula la decisión empresarial, en la que se condena a la readmisión de los trabajadores ratificada por la sala del Supremo, siendo susceptible de ejecución individual en virtud de los previsto" en la legislación.
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