Secciones
Servicios
Destacamos
El proceso judicial para esclaracer responsabilidades en la caída y posterior resolución del Banco Popular en 2017 da un paso clave con la decisión de la Audiencia Nacional de abrir juicio oral contra el expresidente del banco, Ángel Ron, una decena de directivos de la ... entidad y la consultora PWC por la ampliación de capital de 2016 a la que los inversores acudieron, según el juez instructor, José Luis Calama, engañados.
La diligencia abierta es clara en este sentido: «los estados financieros de ese año y de 2015 no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio» del banco, según indica el documento. Es decir, el juez considera que pudieron existir delitos de falsedad contable y estafa a los inversores.
El auto de apertura de juicio oral, que señala a la Sala Penal como la encargada del enjuiciamiento, recoge los escritos de calificación de las catorce acusaciones que tipifican los hechos como delitos de falsedad contable y delito continuado de estafa de inversores.
Entre las personas que serán juzgadas se encuentran, además del expresidente Ángel Ron, el exconsejero delegado, Francisco Gómez Martín, otros directivos de la entidad y los auditores de PwC José María Sanz Olmeda y Pedro Barrio Luis, así como la propia firma. A estos tres últimos se les considera «cooperadores necesarios para la ejecución de los delitos».
El juez impone unas fianzas totales de más de 2.277 millones de euros, una cantidad que han solicitado las acusaciones y que el instructor explica que es provisional puesto que algunas de las acusaciones no han concretado su solicitud.
En concreto, la fijación de este importe tiene el objetivo de asegurar la ejecución de los pronunciamientos de naturaleza civil y contenido patrimonial de la sentencia que se dicte. En este sentido, el magistrado rechaza las medidas cautelares reales planteadas por las acusaciones, al tener en cuenta la solvencia económica y financiera del Santander -el banco que se hizo con Popular tras su caída por el valo rsimbólico de un euro- de PwC y de las aseguradoras.
Respecto a la entidad presidida por Ana Botín, el juez rechaza la apertura de juicio oral en concepto de partícipe a título lucrativo. Pero indica que debe mantenerse su posición como responsable civil subsidiario, al ser el sucesor universal del Popular y, por tanto, «debe ser la responsabilidad civil subsidiaria el ámbito en el que las partes acusadoras planteen sus legítimas peticiones».
En el caso de PwC, la Fiscalía finalmente no ha acusado a la consultora. Pero sí el resto de acusaciones, excepto la OCU. El juez indica en este caso que, sin perjuicio de su responsabilidad directa como acusado, también ha de responder de forma subsidiaria en relación con los hechos por los que vienen acusados los dos auditores de la mercantil.
En su resolución, el magistrado rechaza las cuestiones incidentales de previo pronunciamiento que planteó la auditora tras conocer el contenido de los escritos de las distintas acusaciones. PwC planteaba la falta de legitimación activa de algunos de los perjudicados que figuran en la causa.
Calama explica que el trámite pretendido no tiene cabida en el presente procedimiento y que la parte acusada, PwC, bajo el paraguas del artículo 4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal «no puede traer a su antojo al proceso penal trámites establecidos genuinamente para el procedimiento civil, por cuanto los trámites del procedimiento abreviado se encuentran perfectamente definidos en los artículos 780 y siguientes de la LeCRim».
Además, recuerda que los perjudicados a los que se refiere PwC han figurado como personados a lo largo de la dilatada instrucción, sin que la auditora haya formulado recurso alguno o haya plantado ninguna cuestión sobre su falta de legitimación, por lo que considera que la solicitud es «extravagante e intempestiva». Añade que el silencio de PwC durante la instrucción, en relación con esta cuestión, es «mera responsabilidad de sus letrados».
El auto de apertura de juicio oral, contra el que no cabe recurso, acuerda dar un periodo de 20 días a las defensas para presentar sus respectivos escritos.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.