Miguel Blesa.

La Audiencia Nacional acusa a Blesa de mentir porque el consejo de Caja Madrid no aprobó las tarjetas B

Pone en seria duda que sean una retribución más, como aduce el exfinanciero, y confirma la fianza civil de 16 millones impuesta hace un mes

José Antonio Bravo

Martes, 18 de noviembre 2014, 16:05

La Audiencia Nacional dio este martes un severo varapalo al expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, aunque más por sus argumentos jurídicos que por el sentido de su resolución, donde como se esperaba confirma la fianza civil de 16 millones de euros por su responsabilidad ... pecuniaria en el escándalo de las tarjetas B (Black) -que disfrutaron 83 ex consejeros y ex altos cargos de la entidad de ahorros entre 2003 y 2012- y cuyo impago motivó el inicio de una investigación sobre su patrimonio para embargarle al no considerar válida la póliza suscrita con Mapfre. Y es que según los magistrados que revisaron su recurso contra dicha medida cautelar, el exfinanciero viene a mentir en algunos de sus argumentos exculpatorios.

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En concreto, los miembros de la Sección Tercera de lo Penal de dicho órgano judicial consideran que es falso que el consejo de administración de Caja Madrid hubiera autorizado, refrendado o respaldado la entrega de las polémicas tarjetas, y mucho menos la utilización que se hizo de las mismas. En concreto, Blesa declaró el pasado 16 de octubre ante el instructor del caso Bankia, el juez Fernando Andreu, que la existencia de ese dinero de plástico y las disposiciones efectuadas mediante el mismo venían amparadas por determinados acuerdos de dicho órgano e incluso citaba en su recurso las actas de las reuniones que aquel tuvo el 24 de mayo de 1988, el 20 de junio de 1994 y el 30 de octubre de 1995, así como otros dos encuentros de la comisión ejecutiva (23 de mayo y 14 de noviembre de 1988).

Una vez revisados dichos documentos con detalle, los magistrados concluyen que en ninguno de ellos se autoriza el pago por parte de la entidad a consejeros y directivos, ya sea directamente o mediante tarjetas de crédito, de otros costes que no sean los derivados de gastos de viaje y representación, o los ocasionados como consecuencia del ejercicio de sus funciones dentro de la entidad. Como ejemplo, cita el acta de mayo de 1988 donde se reconoce la necesidad de compensar los esfuerzos y dedicación de dichos altos cargos ante lo reducido de sus dietas, y se llega a hablar incluso de buscar un sistema de pago especial con un límite mensual. Pero siempre en clara referencia a gastos de representación y dietas, insiste el tribunal.

En otra ocasión, en octubre de 1995, se menciona la existencia de tarjetas VISA, aunque se especifica que son exclusivamente para gastos de representación. Por ello, la Sala concluye que no hubo tal amparo en contra de lo alegado por Blesa- a la emisión, entrega y uso que se hizo de las tarjetas B. De igual forma, ponen en seria duda que se las pueda considerar un complemento retributivo, pese a que ésta fue la tesis defensiva utilizada por los tres imputados en esta pieza del caso Bankia: los dos últimos presidentes de Caja Madrid, el propio Blesa y Rodrigo Rato -ambos acusados de un delito continuado de administración desleal, castigado con hasta cuatro años de cárcel-, junto al que fuera su número dos en la entidad, Ildefonso Sánchez Barcoj.

"No tenía sentido"

Para los jueces, su versión exculpatoria carece hasta el momento de apoyo en las actuaciones porque las partidas correspondientes a las tarjetas B no se contabilizaron de forma adecuada, al no incluirse en las cuentas referidas a las remuneraciones. Tampoco se practicaba añaden- la retención (fundamentalmente, fiscal) oportuna como hubiera sido lo apropiado si realmente se tratara de parte de su sueldo. De hecho, apuntan que ni los propios perceptores de esas sumas las declararon, careciendo además de sentido que si el objetivo era elevar sus retribuciones no se acordara hacerlo directamente.

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Tales circunstancias no podían ser desconocidas por el señor Blesa, quien durante 13 años presidió la entidad, concluye este fallo de la Audiencia Nacional, en el que también se afirma que el exfinanciero no puede alegar desconocimiento en una práctica que se hacía con su beneplácito, y a la que además contribuyó eficazmente desde su puesto.

Asimismo, y frente a la tesis de la defensa de que no habría perjudicados por los hechos que se investigan, los magistrados niegan tal argumento y consideran indudable que, al menos, sí tendrían tal condición la propia Bankia y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), en la medida que sin ese agujero de 15,5 millones en sus cuentas por los abusos cometidos durante un decenio con las tarjetas B el rescate de la entidad con capital público (en 2012 con 22.400 millones de euros) habría resultado menor.

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