El nuevo año comenzará finalmente sin suponer una nueva obligación para los trabajadores autónomos, que no tendrán que presentar sus facturas de forma electrónica ni tampoco pagar el IVA franquiciado, tal y como el Gobierno había pretendido en un principio, según confirmó UPTA a este ... periódico.
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Más concretamente, la facturación electrónica se retrasará, al menos, hasta el año 2027, ya que sigue pendiente de desarrollo la tramitación de la orden ministerial y del reglamento que desarrolla la Ley Crea y Crece, que es la que establece la obligatoriedad de facturación electrónica para empresas y autónomos. La fecha de entrada en vigor del IVA franquiciado aún no se sabe, pero no será el próximo año.
UPTA asegura en un comunicado que no ha habido avances para establecer un calendario claro sobre la obligatoriedad de la facturación electrónica para empresas y autónomos ni en los mecanismos informáticos compatibles con las especificaciones técnicas exigidos por la Agencia Tributaria para el desarrollo de los software de gestión.
La última reunión del grupo de trabajo de fiscalidad, constituido por representantes de Hacienda, agentes sociales y otras organizaciones de autónomos, se celebró hace ya meses sin que hasta el momento haya habido «avance alguno», al menos comunicado de forma colectiva a este grupo de trabajo, tanto de los mecanismos informáticos compatibles con las especificaciones técnicas exigidos por la Agencia Tributaria para el desarrollo de los software de gestión, ni tampoco para establecer un calendario claro sobre la obligatoriedad de la facturación electrónica para empresas y autónomos, según explicó UPTA.
Desde UPTA consideran que la situación provoca confusión al colectivo representado ya que existe la creencia de que esta obligación de facturación electrónica entra en vigor el día 1 de enero de 2025. Sin embargo, es la Ley Crea y Crece, aprobada en septiembre de 2022, la que establece la obligación de facturación electrónica en las operaciones entre empresarios y profesionales, obligación que entra en vigor en los siguientes plazos: para las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros, deberán cumplir con la facturación electrónica un año después de la aprobación del reglamento, mientras que el resto tendrán un plazo de dos años.
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«No podemos amedrentar ni confundir a más de 3,38 millones de autónomos de nuestro país. Las modificaciones en una materia tan sensible como la tributaria deben ser transmitidas con absoluta transparencia y claridad, sin que haya la menor duda de cómo deben hacer frente los autónomos a sus obligaciones con la administración tributaria puesto que las consecuencias de una mala interpretación o falta de información siempre causan perjuicios económicos y burocráticos al administrado que son mayoritariamente autónomos titulares de pequeños negocios», advirtió Eduardo Abad, presidente de UPTAlucia
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