La justicia europea tumba la exclusividad de los estibadores en los puertos

Declara ilegales las trabas que existen en España, criticadas por navieras y empresas, por resultar "desproporcionadas"

José Antonio Bravo

Jueves, 11 de diciembre 2014, 21:25

Nuevo conflicto laboral a la vista en los puertos españoles, esta vez originado en Bruselas. Y_es que fue la Comisión Europea, la misma que todavía no ha logrado armonizar una verdadera directiva para liberalizar este tipo de servicios en toda la UE, la que ... denunció a España por sus trabas a la libre contratación de trabajadores para realizar la carga y descarga de mercancías en la red estatal portuaria, que agrupa a 46 instalaciones y por la que pasan cada año el 60% de los productos que exporta el país, así como el 85% de los artículos que se adquieren en el extranjero.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, le dio este jueves la razón al considerar que esos obstáculos vulneran el principio comunitario de libertad de establecimiento. Porque de lo que no había duda, reconocido por las autoridades españolas, es de que existen restricciones a que cualquier empresa, nacional o extranjera, pudiera hacer esa actividad portuaria.

Esas limitaciones consisten básicamente en que una compañía que quiera prestar servicios de manutención de carga en esas instalaciones debe unirse antes a una sociedad de gestión especial la ley prevé una para cada puerto importante, que son las que luego contratan a los estibadores y regulan sus condiciones. También han de financiar su capital y sólo en casos especiales pueden liberarse de esas condiciones.

En su defensa, los responsables de Fomento departamento del que dependen los puertos aducían que al prestar «un servicio público de interés general» es necesario poner restricciones que, a su vez, protegen a los propios trabajadores. Pero el TJUE afirma que «España no ha demostrado que sean necesarias y proporcionadas para los fines perseguidos». «Existen otras medidas menos restrictivas e idóneas para lograr un resultado similar», advierten.

El fallo fue bien recibido entre las navieras y las propias empresas, al contrario que en los sindicatos. Estiman que el sistema actual concede «una serie de privilegios» a los estibadores que reducen sus posibilidades de negocio los operadores del sector se quejan, por ejemplo, de que en España los sueldos son hasta un 50% más altos en los principales puertos que en sus homólogos europeos (entre 75.000 y 90.000 euros por año) y trabajan menos horas (1.600 horas de media anual frente a 1.800)-, al darles «exclusividad» frente a otros trabajadores.

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Cambios en la ley

España tendrá que modificar ahora su Ley de Puertos y, para hacerlo, podría hacerlo siguiendo dos de las propuestas que la Comisión hacía en su denuncia inicial. La primera, que sean las propias empresas estibadoras las que "gestionen las oficinas de empleo que han de suministrarles mano de obra y organicen la formación de esos trabajadores". La segunda, que se cree "una reserva de trabajadores gestionada por compañías privadas que funcionen como agencias de empleo temporal y que pongan esos trabajadores a disposición de las estibadoras".

En algunos puertos, sin embargo, el clima laboral ya estaba enrarecido hace días a la espera de conocer el esperado fallo de la justicia europea. En Valencia, por ejemplo, se ha roto la negociación del convenio colectivo que queda ahora en el aire a la espera de ver cómo queda la regulación de los estibadores- y los sindicatos se están planteando convocar una huelga si se agotan el resto de alternativas para alcanzar un acuerdo. El sector ya vivió dos grandes huelga en España en 2010, precisamente por la reforma de la ley portuaria, y también en 2006, en esa ocasión a nivel europeo y en contra de la directiva comunitaria que pretendía liberalizar los servicios de carga y descarga.

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