PPLL
Domingo, 25 de enero 2015, 23:19
Los ciudadanos extranjeros residentes en España, procedentes de algún país perteneciente a la UE, deberán renovar su permiso de conducir a partir de hoy, según la normativa de la Dirección General del Tráfico.
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La medida será obligatoria para todos aquellos residentes comunitarios con residencia legal en España, obtenida el 19 de enero del 2013 o antes, y que sean titulares de un permiso de conducir con vigencia indefinida o superior a 15 años para permisos del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B Y BE), o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2 (BTP, C1 y BE). También es obligatorio para todos aquellos residentes legales que tengan la autorización caducada o que vaya a caducar próximamente.
Según explica la DGT, esta obligación responde a la necesidad española de cumplir con la Directiva Comunitaria 2006/126/CE, y su transposición al Reglamento Gral. de Conductores (RD 818/2009 de 8 de mayo), para subsanar las diferencias entre los países comunitarios respecto a la periodicidad de la renovación de los permisos. Según la normativa, los estados miembros pueden aplicar el periodo de validez a un permiso que no tenga validez administrativa limitada, expedida por otro Estado miembro, y en cuyo territorio el titular haya residido más de dos años. Desde el año 2013, todos los países de la Unión Europea tienen un permiso de conducción único para los 28 Estados miembros, permiso que ha sustituido a los más de 110 tipos de autorizaciones para conducir que existían antes y que permite circular por todos los países de la UE.
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