El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), ha desestimado el recurso presentado por los clubes Cerverano, Sorzano, Arrúbal, Garnacha y Calahorra contra las resoluciones del Juez Único de Apelación del Comité Nacional de Fútbol Sala de la Real Federación Española de Fútbol avalando las sanciones ... dictadas por el Juez Único de Competición y Disciplina Deportiva de Tercera División de Fútbol Sala (Grupo XX).
Publicidad
Según comunica la Federación Riojana de Fútbol (FRF), el TAD ratifica el descenso de categoría, multa económica y la imposibilidad de ascender la próxima temporada, impuestas ante la retirada de esos cinco equipos de la competición. Esto significa el fin de la vía deportiva para recurrir estas medidas.
La FRF explica que «en la resolución, el TAD deja claro que el expediente se circunscribe a 'cuestiones de naturaleza sancionadora al haber renunciado expresamente los clubes a participar en la competición, aún cuando el origen de esta renuncia pudiera estar en la situación sanitaria' «.
Se basa en el reglamento general de la RFEF que regula estas penas si un equipo comunica fuera de plazo su baja voluntaria o renuncia (al menos treinta días antes de la fecha de fijación del calendario).
La Federación Riojana de Fútbol indica que el calendario oficial había sido remitido el 21 de octubre del 2020 a los clubes de la liga de Tercera División de fútbol sala, grupo XX.
Asimismo, manifiesta «respeto a todas las decisiones de organismos jurídicos y apoyo a la independencia, al trabajo y al rigor jurídico de los comités competentes en la vigilancia de las normas que rigen las competiciones» y termina asegurando que «esta resolución del TAD avala este aspecto al mismo tiempo que desacredita las críticas injustas, parciales y alejadas de la realidad de los hechos que la FRF, como institución ha recibido en declaraciones vertidas por personas de algunos de los equipos sancionados en medios de comunicación y redes sociales».
Publicidad
Los cinco clubes afectados se negaron a iniciar el campeonato 2020-2021, previsto para el 9 de enero, (después de varios cambios de fecha por la pandemia) alegando la situación de empeoramiento de la crisis sanitaria del COVID-19. Fueron sancionados y presentaron recurso primero al juez de apelación y posteriormente al TAD, en ambos casos desestimados.
¡Oferta 136 Aniversario!
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.