-k37-U2301430934605btB-1200x840@La%20Rioja.jpg)
-k37-U2301430934605btB-1200x840@La%20Rioja.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
Bombazo. Elecciones a la Federación suspendidas. Este mensaje circuló este jueves por todos los grupos de WhatsApp del fútbol riojano. Y es que la sala ... del Tribunal del Deporte de La Rioja, reunida, emitió dos resoluciones. La más importante es la que resuelve suspender el proceso electoral en la Federación Riojana de Fútbol.
El Tribunal admite a trámite el recurso de Gustavo Sáenz, que solicitaba dos cautelares. El Tribunal no admite la medida cautelar principal solicitada relativa a la reanudación del proceso electoral. Sin embargo, en el punto cuarto, sí admite «la medida cautelar subsidiaria de suspensión del proceso electoral federativo hasta que se resuelva el presente recurso administrativo electoral».
Alegría en la candidatura de Gustavo Sáenz, junto a Raúl Ruiz. «Se trata de una decisión firme, fundada en derecho y de pleno sentido democrático, que pone de manifiesto la necesidad de garantizar un proceso electoral limpio, justo y transparente, en el que todos los candidatos concurran en igualdad de condiciones», afirmó la candidatura en una nota de prensa.
Y respeto y firmeza en la candidatura de Jesús Alonso, que en otro comunicado afirmó haberse enterado por los medios de comunicación: «Nuestro respeto absoluto a las medidas adoptadas por el Tribunal del Deporte: somos la candidatura de la ética y la legalidad y actuamos de forma coherente sobre el contenido de este pronunciamiento». Además, solicita un «pronunciamiento claro, contundente y rotundo contra las irregularidades de Gustavo Sáenz Lapedriza», así como «suficiente celeridad y prontitud» en su resolución, en la medida «que están en juego los derechos fundamentales de Jesús Alonso».
¿Y qué pasa ahora? Pues que las elecciones a la Federación Riojana de Fútbol quedan suspendidas hasta que haya un fallo al recurso presentado por Gustavo Sáenz.
¿Y qué plazo hay? Aquí aparece el principal problema: no hay plazo. De momento, la sala del Tribunal del Deporte ya ha designado un abogado que tendrá que decidir. Pero antes las partes implicadas tienen tres días de plazo para recusar al abogado elegido. Una vez que hayan pasado esos tres días, el abogado dispone del tiempo que necesite para emitir un fallo.
Esta circunstancia hace que la situación de interinidad en la que vive la Federación Riojana de Fútbol se prolongue aún más. Y es que, cuando se conozca el fallo, todavía quedaría casi un mes más de proceso electoral entre la fecha de la votación, la proclamación provisional de presidente, el plazo para reclamaciones, resolución de dichas reclamaciones y toma de posesión del presidente electo.
Fácilmente se podría llegar a mediados-finales de mayo hasta que la Riojana cuente con un nuevo presidente.
Abstención de Esteban Rubio
Antes de comenzar la reunión de la sala del Tribunal del Deporte de La Rioja, Esteban Rubio, miembro de la sala, ha comunicado que cumple una de las causas de abstención previstas en la ley y se ha inhibido en la deliberación posterior.
Hay que recordar que el recurso de Gustavo Sáenz va contra las impugnaciones que hicieron ante la Junta Electoral, y ésta estimó, por parte de Jesús Alonso y también de Borja Lerma en representación de la entidad deportiva CD Berceo.
Se da la circunstancia de que Esteban Rubio es el presidente del CD Berceo por lo que, ni participó en la reunión de la junta directiva del club que decidió presentar el recurso, ni en la reunión del Tribunal del Deporte de ayer jueves.
La resolución comunicada ayer por la tarde por el Tribunal del Deporte de La Rioja argumenta jurídicamente todas las decisiones que ha adoptado. El texto de la resolución lo explica con las siguientes palabras: «Sin embargo, y por lo que se refiere a la medida cautelar subsidiaria solicitada, relativa a la suspensión del proceso electoral de la Federacion Riojana de Fútbol, este Tribunal ha considerado procedente admitirla.
De no estimarse dicha medida, el proceso electoral suspendido por la Junta Electoral se retomaría, con una consecuencia similar a la anterior y es que, de estimarse el recurso electoral de D. Gustavo Sáenz Lapedriza, habría que anular todo el posterior proceso electoral».
«En este sentido –continúa la resolución–, el apoyo jurídico a la estimación de la medida cautelar propuesta vendría dado por el periculum in mora, y es que sí podría causarse perjuicios de imposible o difícil reparación, ya que, en caso de no estimarse, se produciría la consecuencia de que al menos temporalmente se proclamaría presidente a alguien cuando existe debate jurídico sobre si el otro candidato puede también presentarse a elecciones».
El escrito recuerda que contra la resolución comunicada por el Tribunal, que agota la vía administrativa, únicamente se podrá formular recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente al de su notificación.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Destacados
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.