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El texto del Boletín Oficial de La Rioja abre una rendija a la esperanza: «En el caso de los entrenamientos, competiciones o eventos que se celebren en instalaciones deportivas, podrán desarrollarse con público siempre que se garantice una distancia interpersonal de seguridad de 1,5 ... metros, este permanezca sentado y no se supere el 75% por ciento del aforo permitido, con un límite máximo de mil personas tanto para lugares cerrados como al aire libre». Un texto que abre la puerta a incrementar el número de espectadores en casos de «extraordinario interés social de la actividad», cuando se cumplan las medidas de seguridad y «previo informe vinculante de la Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados».
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