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El Código Penal español prohíbe los actos de animalismo o zoofilia.
El instinto de la bestia

El instinto de la bestia

La justicia de Canadá valida la ley que considera que no es bestialismo mantener relaciones sexuales con un animal si no hay penetración

A. BURGOS

Jueves, 16 de junio 2016, 00:48

Mantener relaciones sexuales con un animal de la especie que sea, grande o pequeño, salvaje o doméstico, no es delito en Canadá, siempre y cuando no se produzca penetración del ser humano a la bestia o viceversa. Así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo del país, un fallo que llega envuelto en la polémica por las críticas en contra de los defensores de los derechos animales y de los sectores más conservadores de la sociedad canadiense.

Pero lo que ha hecho la justicia del país norteamericano no es más que delimitar las lagunas que la normativa dejaba abiertas al respecto. Todo comenzó tras la denuncia presentada contra un hombre por trece delitos de agresión sexual a sus hijastras, agresiones que habían sido cometidas a lo largo de una década. Al parecer, grababa en vídeo cómo su perro lamía los genitales a las niñas con la finalidad de que el animal las penetrara. Sin embargo, nunca consiguió que el can consumara el acto sexual con las pequeñas.

Después de diversas sentencias y recursos, ahora siete de los ocho integrantes de la sala del Tribunal Supremo respaldan en su fallo los límites de una legislación nacional sobre el asunto, aprobada en 1954. Esta determina que el bestialismo sólo se produce cuando existe una penetración entre el animal y el ser humano. «La penetración siempre se ha entendido como un elemento esencial de la bestialidad», explica en la sentencia el magistrado ponente Thomas Cromwell. Añade el fallo que «cualquier expansión de la responsabilidad penal por este delito se sitúa en el dominio exclusivo del Parlamento».

De esta manera, en Canadá no es delito mantener relaciones sexuales con animales, siempre y cuando no exista esa penetración. De esta manera, los jueces dieron la razón a las tesis del abogado del acusado, que defendía que al no existir el coito no era delito de bestialismo. Otro asunto son los abusos sexuales a los que el acusado sometió a las hijas de su compañera sentimental.

En España, el Parlamento aprobó el año pasado la reforma del Código Penal, que, en su artículo 337 fija como delincuente al que «por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente» a un animal, «causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual». Los autores serán castigados a menos de tres meses y un día a un año de prisión, e inhabilitación de hasta tres años para el ejercicio de una profesión que tenga relación con los animales. Asimismo, durante el tiempo de la condena tampoco podrá tener animales a su cargo.

De esta manera, el Código Penal español se suma a las legislaciones de Francia, Holanda, Estados Unidos o Reino Unido, además de Canadá, que prohiben de manera expresa el animalismo, la zoofilia o la zooerastia. En otros sólo se prohibe la pornografía con animales, como es el caso de Alemania.

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