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La Junta Electoral Regional del Parlamento dispone de una serie de competencias para garantizar la transparencia y la imparcialidad en todo el proceso
«Lo mejor que puede ocurrir en época electoral es que no se note la presencia de la Junta»
Jorge Apellániz | Letrado Mayor y secretario Junta Electoral
Al comienzo de cada legislatura, se conforma en el seno del Parlamento el órgano encargado de garantizar la transparencia y la imparcialidad en el proceso electoral: la Junta Electoral Regional. Su labor, de hecho, es «fundamental para que puedan desarrollarse las elecciones de acuerdo con los principios que establece la Ley Electoral, que radica en la objetividad del proceso», asegura Jorge Apellániz, letrado mayor del Parlamento de La Rioja y secretario de la Junta Electoral Regional. De ahí que, de cara al desarrollo de los comicios, «lo mejor que puede ocurrir es que no se note su presencia».
Sus funciones son muy diversas. «La Junta Electoral de la Comunidad Autónoma vela por la objetividad de los procesos electorales y, para ello, dispone de una serie de competencias, que van desde la resolución de consultas, denuncias y recursos, hasta los actos propios de la jornada electoral», expone. Durante este periodo, es decir, desde que se hace pública la convocatoria de los comicios hasta que se celebran los mismos, se hace cargo de todos los actos propios de las elecciones, entre los que se incluyen «la acreditación de los representantes y administradores generales de las candidaturas, la proclamación de los candidatos o el reparto de los espacios gratuitos en los medios de comunicación para las distintas candidaturas».
No solo eso. A la Junta Electoral Regional también le compete vigilar el proceso electoral, además de realizar el escrutinio general –en el que se incluye el de los residentes ausentes, conocido como voto cero– o solicitar las credenciales de los diputados que resulten elegidos tras la jornada electoral. «Hay muchos actos en los que participa la Junta Electoral de la Comunidad y todos pueden ser muy sencillos o muy complicados. Mientras todo transcurra con normalidad, no hay ningún problema, pero si se produce algún recurso o alguna circunstancia que se sale de lo que es normal en el proceso electoral, sí que puede tener sus complicaciones, como sucede con el reparto de espacios gratuitos, que suele ser complejo porque hay mucho espacio a distribuir», apunta Apellániz.
También puede intervenir en la resolución de conflictos. Todo, a instancias de las denuncias de las distintas formaciones políticas que se presentan a las elecciones para evitar, por ejemplo, que se desarrollen actos de campaña electoral cuando esta ya haya terminado, y para prevenir que se exalten los logros obtenidos. También media «si hay un recurso a raíz del escrutinio general o alguna incidencia el día de las elecciones».
Además, como explica el letrado mayor de la Cámara regional, «debe asegurarse de la corrección en el pago de las subvenciones a formaciones políticas, del control de la contabilidad que presentan después del proceso electoral». Una labor que, aunque la desarrolla el Tribunal de Cuentas, «también colabora la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma mediante la emisión de informes que se remiten al tribunal».
Un órgano «permanente»
La Junta Electoral Regional, a diferencia de la provincial, «es un órgano permanente, que funciona desde que se elige al principio de la legislatura hasta que se vuelve a designar al inicio de la siguiente», resalta el letrado mayor. Durante este periodo también se encarga «de la expedición de las credenciales de los nuevos diputados cuando hay renuncias», explica Apellániz mientras añade que «tienen que pedir una credencial nueva para asegurarse de que la Cámara regional está perfectamente constituida».
Pero esta no es la única diferencia, ya que «en la pirámide de la administración electoral estamos por debajo de la Junta Electoral Central, que es la responsable de resolver los recursos que se presenten junto a los acuerdos de la Junta Electoral de la Comunidad».
En total, son seis personas las que componen la Junta Electoral Regional: el presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR), como máximo dirigente; dos magistrados del mismo tribunal y dos catedráticos o docentes titulados de Derecho o juristas de reconocido prestigio residentes en La Rioja, como vocales; además de un secretario, cargo que ocupa el letrado mayor del Parlamento de La Rioja, que participa en las deliberaciones con voz pero sin voto y custodia la documentación.