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La historia de los tres cachorros de perro que fueron encontrados hace un par de semanas dentro de un contenedor ha arrojado novedades, con tintes agridulces. Por una parte, la protectora de animales Whanau dice haber averiguado quiénes fueron los responsables de esa acción –sobre ... lo que declina dar detalles– y ha localizado al resto de la familia canina, compuesta por la madre y dos cachorros más; por otro lado, dos de las crías que se hallaron en una bolsa de basura han muerto, probablemente por causas atribuibles al abandono, sobre el que la asociación anticipa que tomará «las medidas legales oportunas» y que «tendrá consecuencias» para sus autores, «como delito de abandono y maltrato que es».
Y puede salirles muy caro. Independientemente de la legislación supramunicipal, Santo Domingo de la Calzada dispone desde el año 2004 de una ordenanza municipal de tenencia y protección de animales de compañía, necesaria por cuanto, si bien se dice que los perros son los mejores amigos del hombre, y es verdad, muchas veces no ocurre lo mismo a la inversa. A la vista está. Cabe recordar que, por esas mismas fechas, también se encontraron otras cuatro crías de gato en otro contenedor.
Dicha normativa incluye infracciones catalogadas como muy graves, entre las que se incluyen hechos como los ocurridos en la ciudad calceatense, en los que concurren varias circunstancias: el abandono de animales, el maltrato o sometimiento a cualquier otra práctica que les suponga sufrimientos o la muerte, así como no facilitarles alimentación, entre otras. Tales hechos llevan aparejados sanciones que oscilan entre 1.502 y 15.025,30 euros.
Pero la ordenanza no deja cabo suelto. A fin de llevar un control, los propietarios de animales de compañía están obligados a inscribirlos en el censo municipal a los tres meses de su nacimiento o adquisición, así como a comunicar su baja por muerte, desaparición, traslado u otros motivos, en el plazo de un mes. No hacerlo es una falta leve, con sanciones de 60 a 300 euros. La misma multa es aplicable a quienes tengan animales en viviendas o locales deshabitados, o en solares y patios donde no se les pueda vigilar, o para quienes no limpien los excrementos de las calles.
Entre otras muchas disposiciones, tampoco se pueden tener animales de forma permanente en terrazas, balcones o en patios de la comunidad, «debiendo siempre pasar la noche en el interior de la vivienda protegidos de las inclemencias ambientales para evitarles sufrimientos», dice la normativa, que también establece la prohibición de que en un mismo domicilio haya más de cinco perros y gatos, sin disponer para ello de la correspondiente autorización como actividad molesta.
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