El pleno de Santo Domingo de la Calzada ha aprobado este miércoles, con los únicos votos del PP –los partidos de la oposición, PSOE, MSD e IU, se abstuvieron– la imposición de dos sanciones de 60.000 euros cada una, por una infracción urbanística «muy ... grave», a los dos promotores de la construcción de una plataforma de hormigón y la instalación de una vivienda modular en una finca sita en el paraje Los Molinos. Esta actuación –indica el informe municipal– se realizó sin la preceptiva licencia y en terrenos en los que el planeamiento y la ordenación no lo permiten, lo que impidió la legalización de las obras ejecutadas, que debieron ser revertidas por la propiedad.
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En los 'Antecedentes de hecho' del expediente sancionador, que ha sido instruido por la secretaria general del Ayuntamiento, se explica que el 4 de noviembre de 2020 se concedió por decreto a los promotores una licencia para el vallado de la finca y se denegó otra para el reacondicionamiento de una caseta por estar fuera de ordenación y superar las obras las permitidas por el PGOU.
A renglón seguido expone que el 4 de febrero de 2021 la Policía Local practicó diligencias sobre paralización de obras, al constatar el transporte de una casa modular a la parcela en cuestión, algo para lo que no había autorización municipal. Continúa diciendo que el 7 de mayo de 2021 se desestimaron, mediante Decreto de Alcaldía, las alegaciones formuladas por la propiedad y se ordenó a los interesados «la adopción de las medidas dirigidas a la restauración del orden jurídico infringido y de la realidad física alterada o transformada como consecuencia de su actuación ilegal», a su costa.
La orden no fue cumplida en el plazo dado para ello. En abril de 2022, después de que el Ayuntamiento desestimara un recurso de reposición interpuesto contra la misma por la propiedad, esta dio traslado de que había procedido a la retirada de la casa móvil y a la demolición de la solera de hormigón.
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El Ayuntamiento, a través de la citada instructora, había iniciado en febrero del 2022 el procedimiento sancionador, durante el cual los denunciados presentaron alegaciones: una, sobre la caducidad del propio procedimiento sancionador; otra, acerca del «error en la calificación de la infracción», al entender que al suelo sobre el que se había actuado le resultaba de aplicación el régimen propio del suelo rústico, sin que procediera su consideración como sistema general. De ello resultaría la tipificación de la infracción como leve o en todo caso grave. Ambas alegaciones fueron desestimadas este miércoles en el pleno, dentro de la propuesta de aprobación de la sanción.
La infracción está tipificada como «muy grave», según el artículo 218 apartado 2 de la Ley de Ordenación del Territorio y el Urbanismo (Lotur) al afectar a un suelo clasificado como sistema general de espacio libre. A la hora de sancionar, la instructora atendió como circunstancia atenuante el haber corregido la situación creada y les impuso la citada sanción de 60.000 euros a cada uno. La horquilla posible oscilaba entre 30.000 y 300.000 euros.
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Tal como recoge la ley, si con carácter previo a la resolución el presunto infractor reconoce su responsabilidad se aplicará una reducción del 20% en la sanción propuesta, y, del mismo modo, el pago voluntario implicará otro 20% de rebaja, siendo ambas reducciones acumulables entre sí.
En el pleno, los portavoces de los partidos de la oposición (PSOE, MSD e IU) justificaron su abstención en su incapacidad técnica para decidir sobre asuntos de esta naturaleza, si bien todos pusieron el acento en la elevada cuantía de la sanción, que al alcalde, David Mena, también le parece «muy excesiva». «Es complicado tomar esta decisión, pero como equipo de Gobierno tenemos que hacerlo», señaló el regidor municipal, que corroboró así lo dicho antes por el portavoz de su partido, Raúl Riaño: «Es duro, las cosas como son», confesó este.
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