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Por primera vez, la ciudad de Nájera dispone de un reglamento que rija el funcionamiento del Consejo de la Juventud, que en sus disposiciones generales especifica que se trata de un «órgano municipal y de participación ciudadana que garantiza al Ayuntamiento el punto ... de vista de los jóvenes, no sólo sobre los problemas estrictamente juveniles, sino también sobre todos aquellos temas de la localidad que repercuten en la vida social y colectiva».
Entre los fines contemplados para el consejo, se señala que ha de servir para «debatir, decidir y hacer propuestas de medidas que mejoren las condiciones de la infancia y la juventud en nuestra ciudad».
Dentro de la estructura del órgano consultivo, se indica que el pleno del mismo será elegido de forma democrática y procurando que se cumpla la paridad de sexos, por los cinco centros educativos de la localidad. Estará presidido por el alcalde, con un concejal de cada grupo y representantes de las Ampas.
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