Un vallado impide el paso junto a la casa en riesgo de derrumbe. Félix Domínguez

El Consistorio ordena reparar un edificio en Arrabal de la Estrella

La propietaria cuenta con treinta días para ejecutar las obras indicadas en el informe de la técnico municipal aprobado por la Junta de Gobierno Local

Lunes, 20 de enero 2020, 08:30

El Ayuntamiento de Nájera, por acuerdo de su Junta de Gobierno Local y atendiendo al informe de la técnico municipal sobre el estado en que se encuentra el inmueble situado en el número 37 de la calle Arrabal de la Estrella, ha ordenado a su propietaria la intervención urgente en dicho edificio.

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Se señala que deberá acometer labores de reparación y consolidación de elementos del alero de la cubierta, así como del resto de elementos desprendidos o inestables, de forma que queden en las debidas condiciones de seguridad. Del mismo modo, tendrá que llevar a cabo la colocación de canalón, debidamente conectado a la bajante, así como completar un repaso y adecentamiento del resto de elementos de la fachada.

Desde el Consistorio najerino se advierte de que para en la ejecución de las obras se deberá tener en cuenta que la estimación inicial del coste de ejecución de las mismas ascenderá a 2.000 euros y que las mismas se realizarán aplicando las oportunas medidas de seguridad, en cumplimiento de la legislación sobre seguridad y salud en las obras de construcción, así como lo establecido en cuanto a la prevención de riesgos laborales.

Asimismo, se indica que en caso de prever la posible afección al tráfico peatonal y rodado de las calles adyacentes, antes del inicio de las obras el promotor deberá ponerse en contacto con la Policía Local a efectos de señalización y coordinación, recordando que durante la ejecución se procederá a vallar la zona según dispone el plan general.

Se señala a la propietaria que las obras deberán ejecutarse en el plazo de treinta días, a contar desde la notificación del acuerdo, previa solicitud de la pertinente licencia. Finalmente se le advierte que, transcurrido el indicado plazo sin haberlas ejecutado, se procederá a la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento, con cargo al obligado y, en su caso, a la incoación de expediente sancionador con imposición de la multa que legalmente proceda.

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